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La minería a cielo abierto es una actividad que por sus técnicas provoca daños irreversibles al medio ambiente, ya que implica la remoción superficial de las capas terrestres de manera paulatina para acceder a los yacimientos de minerales.

Los deshechos que genera la explotación a cielo abierto generalmente son depositados en las regiones aledañas a la mina, materia de naturaleza estéril y que no es aprovechable bajo ninguna circunstancia.

Por tal motivo, el Senado de la República solicitó a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales un reporte sobre la consulta con la comunidad indígena, con motivo de la autorización de la explotación minera a cargo de la Esperanza Resources Corporation en el Cerro Del Jumil, Temixco, Morelos.

En el mismo sentido, pidió al Instituto Nacional de Antropología e Historia informar sobre el eventual riesgo a que pudieran estar sujetas las estructuras arquitectónicas localizadas en lugar, con motivo de la explotación minera.

En este contexto, los legisladores establecieron en el dictamen que las estructuras arquitectónicas localizadas en el Cerro El Jumil corresponden a una muralla de piedra caliza, que supone la existencia de una fortaleza xochicalca que data del periodo Epiclásico, en cuyo interior hay alrededor de 50 plataformas, un basamento piramidal principal y un juego de pelota.

Dichas estructuras están asociadas a la zona arqueológica de Xochicalco, sitio de gran relevancia y clasificado como Patrimonio Cultural de la Humanidad desde el año de 1999, motivo por el cual se trata de bienes cuyo valor cultural e histórico es indudable.

Además, destacaron que uno de los mayores riesgos es la contaminación de los mantos freáticos y fuentes de agua que en Morelos, “que han sido motivo de amplio debate por la escasez del recurso vital”.

Por tales razones, los legisladores solicitaron a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales los análisis y la información relacionada con el impacto ambiental del proyecto minero.

 


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