Con el propósito de brindar seguridad a las operaciones que realizan los agentes de la sociedad rural, el Senado aprobó una adición al Artículo 115 Bis, de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable

Los senadores explicaron que la propuesta es crear un padrón de comercializadores confiables que se dedican a la actividad agropecuaria, con el fin de dotar a los productores de información de los productos, con la certeza de hacer una compraventa efectiva.

Con la modificación, detallan las comisiones unidas de Agricultura y Ganadería, de Desarrollo Rural, de Recursos Hidráulicos, de Reforma Agraria y de Estudios Legislativos, Segunda, se reconoce a las personas físicas y morales dedicadas a la compra venta de productos agropecuarios.

“Los productores tienen el derecho de conocer vía institucional, a todos aquellos actores y agentes comerciales que cumplen de manera constante con los compromisos que conllevan sus operaciones comerciales”, expresa el documento.

Se confieren atribuciones a la Secretaría de Economía para que, en coordinación con la SAGARPA y las dependencias que determine la Comisión Intersecretarial para el Desarrollo Rural Sustentable integre, administre y actualice el Padrón de Comercializadores Confiables.

Se define también la política de comercialización, para establecer e instrumentar reglas claras y equitativas para el intercambio de productos ofertados a la población, con la adición los productores podrán reactivar la producción de forma estable y propiciar un mejor abasto de alimentos, se evitarán las prácticas especulativas, de concentración y acaparamiento de los productos agropecuarios, especialmente de aquellos considerados básicos y estratégicos.

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