la Cámara de Senadores definió el procedimiento para la elección de ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, a fin de cubrir la vacante generada con motivo del fallecimiento del ministro José de Jesús Gudiño Pelayo.

Asimismo, asumió su responsabilidad constitucional y legal de resolver en tiempo y forma la terna propuesta de candidatos, integrada por Elvia Rosa Díaz de León D’hers, Lilia Mónica López Benítez y Andrea Zambrana Castañeda.

Las comisiones de Justicia y de Estudios Legislativos Primera, a las que se remitió la terna sugerida por el Ejecutivo federal, verificarán que las tres candidatas cumplan los requisitos establecidos en el artículo 95 Constitucional.

Además, las personas propuestas deberán comparecer ante dichas comisiones y responderán a las preguntas de los senadores, para ofrecer mayores elementos de información.

Enseguida, las comisiones presentarán el dictamen del análisis que hagan de la cobertura de requisitos de elegibilidad y la resolución que propongan sobre la idoneidad de las candidaturas.

El dictamen será sancionado por el Pleno del Senado y si la resolución fuese en rechazo a los integrantes de la terna, se comunicará al Ejecutivo para que éste envíe una nueva propuesta. En caso contrario, el Senado citará a los candidatos para que ofrezcan una exposición desde la tribuna.

Al final de las exposiciones se realizará la votación por cédula para la elección de uno de los candidatos y si alguno de éstos reúne la mayoría constitucional inmediatamente la Mesa Directiva le tomará la protesta.

De requerirse una segunda votación, ésta se realizará inmediatamente después de conocido el resultado de la primera y si entonces tampoco se alcanza la mayoría calificada a favor de alguno de los candidatos, la terna se tendrá por rechazada y el resultado se comunicará al Ejecutivo federal.

--oOo--