Número-045 

  • Se busca reducir la probabilidad de contagio en las instalaciones de este órgano legislativo.

El Pleno del Senado de la República aprobó un acuerdo de la Mesa Directiva, que establece los criterios para el desarrollo de las Sesiones Plenarias, las cuales se realizarán mientras esté vigente la emergencia de salud pública ocasionada por la pandemia de Covid-19.

 

El acuerdo tiene la finalidad de reducir la probabilidad de contagio y evitar la concentración de senadoras y senadores, así como de diverso personal de apoyo en el Salón de Sesiones y demás áreas en el recinto de este Órgano Legislativo.

 

Señala que en el lugar que corresponde a la Mesa Directiva para la conducción de las sesiones, estarán el Presidente, dos integrantes de la Vicepresidencia y dos de la Secretaría, siendo estas últimas rotatorias.

 

Indica que el registro de asistencia se abrirá tres horas antes de la cita de la sesión, con el propósito de que senadoras y senadores puedan pasar lista de manera gradual. Después de que hayan registrado su asistencia, si así lo determinan, podrán ubicarse en sus oficinas o donde ellos lo consideren pertinente.

 

Para tal efecto, podrán seguir el desarrollo de la sesión a través del sistema de circuito cerrado que será habilitado para trasmitir la señal en vivo y que será proyectado en todas las pantallas de este recinto.

 

Se establece que en ningún caso se podrá negar el acceso al salón de sesiones a aquella senadora o senador que así lo desee, quienes deberán observar las medidas de sana distancia recomendadas por la Secretaría de Salud. Precisa que únicamente podrán ingresar al Pleno un asesor por grupo parlamentario.

 

Las personas que ingresen al Salón de Sesiones deberán observar las medidas de sanitarias y estarán obligadas a utilizar los tapetes sanitizantes, portar cubrebocas y, en su caso, careta protectora, usar gel antibacterial, no tocarse la cara y no saludar de mano o beso, además de guardar la sana distancia y evitar el contacto físico. En caso de presentar síntomas, la persona deberá presentarse en el servicio médico.

 

En el momento en que se encuentren presentes en el salón de sesiones 50 personas, en aplicación de las disposiciones sanitarias vigentes, la Presidencia de la Mesa Directiva realizará avisos al Pleno solicitando que el personal que no sea indispensable se retire, para efecto de asegurar las medidas de sana distancia recomendadas por la Secretaría de Salud.

 

Asimismo, acuerda que durante la vigencia de la pandemia se procurará que las sesiones no duren más de cuatro horas, por lo que no se permitirán intervenciones para asuntos distintos a los registrados en el Orden del Día.

 

Tratándose de asuntos que requieran discusión, se solicitará a los grupos parlamentarios que, preferentemente, registren el mínimo de intervenciones de oradoras y oradores.

 

Respecto de las votaciones, éstas se realizarán en el mínimo tiempo posible. Durante el proceso de votación se otorgarán todas las facilidades materiales que las y los senadores requieran para movilizarse hacia el salón de sesiones.

 

También instruye a la Secretaría General de Servicios Administrativos a otorgar todas las facilidades para que los representantes de los medios informativos se ubiquen en sus espacios asignados para la cobertura de las sesiones plenarias, considerando la mínima concentración posible, así como la sana distancia que deberá respetarse entre cada persona.

 

Periódicamente se instruirá a las áreas administrativas que apliquen pruebas de detección del virus a las y los senadores, así como al personal que asista a laborar al Senado de la República.

 

La Cámara de Senadores tiene la obligación de mantener su funcionamiento con la mayor normalidad posible, a pesar de la emergencia de salud pública que enfrenta nuestro país. Las sesiones deben de realizarse en las mejores condiciones de salubridad posibles, se puntualiza en el acuerdo.