Número-011 

  • Para proteger a las instituciones del Estado y a la sociedad frente a los ciberataques de la delincuencia organizada, afirma el senador Mancera Espinosa.

El senador Miguel Ángel Mancera Espinosa planteó a través de una iniciativa de reformas a legislación reglamentaria, la creación de la Ley General de Ciberseguridad, con el fin de proteger a las instituciones del Estado y a la sociedad frente a los ciberataques de la delincuencia organizada.

 

El coordinador del Grupo Parlamentario del PRD refirió que entre los objetivos de su propuesta se encuentra el establecer los tipos penales en la materia e integrar la forma y los términos en que las autoridades de las entidades federativas y los municipios colaborarán con la Federación en dicha tarea.

 

La finalidad de esa coordinación, señaló, será garantizar el derecho de acceso a las tecnologías de la información y comunicación, así como a los servicios de telecomunicaciones, incluido el de banda ancha e internet en forma segura.

 

Con ese motivo, dijo, se reformarán y adicionarán diversas disposiciones del Código Penal Federal, de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública y de la Ley de Seguridad Nacional, a fin de expedir el referido ordenamiento.

 

También se establece, informó, dentro de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública la creación de la Comisión Permanente de Ciberseguridad dentro de la estructura del Consejo Nacional de Seguridad Pública.

 

Esta Comisión, precisó, se coordinará con el Secretario Ejecutivo para dar seguimiento al cumplimiento de las disposiciones aplicables por parte de los Centros Nacionales que integran el Secretariado Ejecutivo del del Sistema Nacional de Seguridad Pública. Sobre el funcionamiento, integrantes y deberes, el Consejo Nacional lo determinará, apuntó.

 

Aunado a lo anterior, indicó, se creará el Centro Nacional de Ciberseguridad dentro de la estructura del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública. Para ello, conforme al artículo 17 de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, la persona titular del Centro Nacional de Ciberseguridad será nombrada y removida libremente por el Consejo Nacional de Seguridad Pública.

 

En suma, puntualizó, la nueva legislación que propuso cuenta con 47 artículos divididos en nueve Títulos, distribuidos de la siguiente manera: I, Disposiciones Generales; II, Objetivos de la Ley; III, Infraestructura de Información Crítica y lo relativo al Centro Nacional de Ciberseguridad, así como sus atribuciones, integración y funcionamiento;

 

Título IV, Seguridad en las Operaciones de la Red; V, Amenazas a la Ciberseguridad y la Seguridad de la Información en la Red; VI, De los Proveedores de Servicios de Ciberseguridad; VII, De la Estrategia Nacional de Ciberseguridad; VIII, Delitos y sus Sanciones y, IX, De la Cooperación Internacional.

 

El senador Mancera Espinoza subrayó que este marco normativo servirá como base para iniciar la discusión en un tema que no se debe postergar en beneficio de las instituciones del Estado y de las personas que se sienten vulnerables ante los ciberataques.

 

La propuesta fue turnada, para estudio y dictamen, a las comisiones unidas de Justicia; y de Estudios Legislativos, Segunda, del Senado de la República.