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La presidenta del órgano legislativo, Maki Esther Ortíz Domínguez, explicó que cuando se trate de mayores de edad con capacidad jurídica, su decisión de donar órganos no podrá ser revocada por disponentes secundarios, familiares o terceros, aunque sí podrá anular su consentimiento en cualquier momento sin responsabilidad de su parte.
Explicó que para la donación de órganos y tejidos, después de la muerte del donador sea irrevocable, es necesario que la voluntad expresa del donante se manifieste por escrito ante el Centro Nacional de Trasplantes.
En todos los casos –dijo-- se deberá cuidar que la donación se rija por principios de altruismo, ausencia de ánimo de lucro y factibilidad, condiciones que se deberán manifestar en el acta elaborada para tales efectos.
En la misma reunión, los senadores también avalaron el dictamen que reforma la Ley General de Salud, a fin de instrumentar nuevos esquemas para otorgar mayor protección a la población de adultos mayores, tanto en su núcleo familiar como en situación de abandono.
En la propuesta se indica que el Sistema Nacional de Salud deberá colaborar mediante servicios de asistencia social y de prevención a la salud de adultos mayores y personas con capacidades diferentes, para fomentar su bienestar y propiciarles una vida equilibrada en lo económico y social.
Los servicios básicos de salud para la población de adultos mayores será en las áreas de salud geriátrica y, además, se atenderán asimismo los adultos mayores que no sean derechohabientes de las instituciones de seguridad social o no cuenten con algún tipo de prevención social en salud.
A la segunda ordinaria de esta comisión, asistieron los senadores priistas Hilda Esthela Flores Escalera y Armando Neyra Chávez; los panistas, Francisco Salvador López Brito y Marta Elena García Gómez y los perredistas Fernando Mayans Canabal y Adolfo Romero Lainas.
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