Número-738

 

  • Se otorgaría mayor seguridad jurídica a los afectados por una acción de ese tipo.

 

 

El senador Roberto Juan Moya Clemente presentó una iniciativa para modificar la Ley de Asociaciones Público Privadas, a fin de aumentar de uno a dos años, el plazo para solicitar la reversión de una medida de expropiación.

 

Indicó que es indispensable el aumento de este plazo, a efecto de revisar el caso, cuando la expropiación de bienes o derechos no se destinó al proyecto por el cual se llevó a cabo el proceso expropiatorio, o cuando los bienes y derechos expropiados se hayan destinado a un fin distinto.

 

El legislador de Acción Nacional señaló que esta reforma otorgará mayor seguridad jurídica a los afectados para solicitar la devolución de sus bienes por no ejecutarse o por cambiarse el proyecto respectivo.

 

Moya Clemente destacó que esta medida permitirá a los afectados solicitar la reversión o el pago de daños o perjuicios.

 

Recordó que actualmente la Ley de Expropiación concede y regula un plazo de dos años para que los afectados puedan iniciar el proceso de reversión correspondiente, por lo que es prudente replicar ese mismo plazo en la Ley de Asociaciones Público Privadas.

 

Es decir, agregó, que en ambos ordenamientos se armonice el plazo de dos años para iniciar el proceso de reversión correspondiente.

 

La iniciativa fue turnada a las comisiones de Hacienda y Crédito Público, y de Estudios Legislativos, Segunda.

 

 

 

 

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