Número-181

  • Extienden de seis a siete semanas anteriores y el mismo número posteriores al parto.

 

La Comisión de Estudios Legislativos, que preside el senador Manuel Añorve Baños, aprobó modificaciones al artículo 170 de la Ley Federal del Trabajo para extender el número de semanas de incapacidad laboral por maternidad.

 


Así, las madres trabajadoras tendrán derecho de tomar siete semanas anteriores y siete posteriores al parto. En la ley actual se establece que las semanas por alumbramiento son seis antes y seis después, precisa el dictamen.

 


Además, las trabajadoras podrán transferir hasta cinco de las siete semanas de descanso previas para después del parto. Previa autorización del médico tratante, señala el documento avalado por mayoría.

 


En caso de que las hijas o hijos hayan nacido con cualquier tipo de discapacidad o requieran atención médica hospitalaria, el descanso podrá ser de hasta catorce semanas posteriores al parto, previa presentación del certificado médico correspondiente.

 


Señala, además, que el objetivo va de acuerdo al Convenio C-183 de la Organización Internacional del Trabajo que reconoce en su artículo 4 numeral 1 el derecho de las madres trabajadoras a una licencia por maternidad de una duración de al menos 14 semanas.

 


En las consideraciones del dictamen se destaca el interés de los senadores de garantizar y mejorar las condiciones y los derechos a las madres y padres trabajadores, no obstante el Instituto Mexicano del Seguro Social advirtió que la carga presupuestal podría representar cuatro mil 892 millones de pesos.

 


Por lo anterior, los legisladores destacan que las modificaciones a la ley cumplen con los parámetros y estándares internacionales, tomando en cuenta que su aplicación sea de forma ordenada y sin requerir modificaciones extraordinarias que puedan afectar el interés de las madres trabajadoras.

 


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