Número-158

  • Es un derecho reconocido en la Constitución y Tratados Internacionales.

 

El Pleno del Senado solicitó a la Dirección General de Informática y Telecomunicaciones y a la Coordinación de Comunicación Social aplicar las medidas tecnológicas necesarias para facilitar el acceso de personas con discapacidad a los contenidos de las plataformas digitales oficiales del Congreso de la Unión.


A propuesta de la Junta de Coordinación Política, el acuerdo reconoce que la página oficial del Senado de la República ni la página oficial del Congreso de la Unión cuentan con un botón de acceso para redirigir a las personas con discapacidad a direcciones electrónicas accesibles.


Esta falta de accesibilidad limita el derecho a la igualdad, no discriminación y el derecho al acceso a la información a todas las personas con discapacidad, precisa el documento.


Refiere que datos del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi), del 2014, el 6.4 por ciento de la población cuenta con algún tipo de discapacidad, es decir 7 mil 65 millones de personas. De éstas, la mitad son adultos mayores. Y un 54 por ciento de ese universo se encuentra en situación de pobreza.


La petición va de acuerdo con la Convención Internacional para reconocer, garantizar, proteger y promover los Derechos Humanos de las Personas con Discapacidad, firmado por México y ratificado por el Senado de la República, en septiembre de 2007.


Dicho tratado establece que las personas con discapacidad tienen derecho a la igualdad y no discriminación, así como a la accesibilidad a todos los servicios de comunicación e información, expone el acuerdo.


Además, la Constitución en su artículo 6° reconoce que todas las personas tienen derecho al acceso a la información pública, y es obligación del Estado, establecer los mecanismos a través de los cuales todas y todos los mexicanos pueden ejercer ese derecho.

 


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