- El Acuerdo de Escazú hace operativos los derechos de acceso en materia ambiental contemplados en el Principio 10 de la Declaración de Río.
- México suscribió el Acuerdo el 27 de septiembre de 2018, sin embargo, todavía no lo ha ratificado.
El 27 de septiembre de 2018, el Gobierno de México firmó el Acuerdo de Escazú, primer pacto jurídicamente vinculante para los países de América Latina y el Caribe en materia de justicia y asuntos ambientales. Sin embargo, desde entonces no ha sido ratificado, con lo cual ha quedado pendiente la generación y actualización de mecanismos legales y normativos para la protección de los derechos de acceso ambientales, señala una investigación de la Dirección General de Análisis Legislativo del Instituto Belisario Domínguez (IBD).
El estudio titulado “El Acuerdo de Escazú, una herramienta para la democracia ambiental”, elaborado por el investigador Itzkuauhtli Zamora Saenz, apunta que, en el marco del desarrollo sostenible, cobra importancia la democracia ambiental, la cual enfatiza los derechos de acceso a la información, la participación y la justicia en materia ambiental, con la finalidad de incluir en la toma de decisiones a todas las personas que potencialmente sean afectadas por la misma debido a la alteración del medio biofísico del territorio, ya sea por la contaminación, el aprovechamiento de recursos naturales, el peligro en el que se ponga la pervivencia de ecosistemas y otras especies, por mencionar algunos posibles efectos.
El investigador indica que desde el año 2012, diversos países latinoamericanos y del Caribe acordaron elaborar un acuerdo regional que hiciera operativos los derechos de acceso previamente señalados y contemplados en el Principio 10 de la Declaración de Río para garantizar el cumplimiento de tales derechos asociados a la democracia ambiental, dando como resultado el Acuerdo de Escazú, el cual fue firmado por nuestro país en esa ciudad de Costa Rica el 27 de septiembre de 2018.
La parte más innovadora de este instrumento internacional, subraya el estudio, es la que se refiere al derecho de acceso a la justicia, ya que por primera vez se reconoce en un ordenamiento internacional disposiciones orientadas específicamente a la protección y defensa de activistas ambientales.
Lo anterior cobra especial relevancia, dado que la región latinoamericana es de las más peligrosas para las personas defensoras del medio ambiente. De acuerdo a la organización internacional Global Witness, prácticamente 60% de los asesinatos registrados de activistas ambientales en el mundo durante el año 2017 sucedieron en América Latina, particularmente en Brasil, Colombia, México, Perú, Honduras y Nicaragua.
En México, de acuerdo con datos de la Centro Mexicano de Derecho Ambiental, tan solo en el año 2018, se registraron 49 agresiones registradas contra activistas ambientales, de las cuales 21 correspondieron a asesinatos.
Con el Acuerdo de Escazú, según la investigación del IBD, México estaría obligado a implementar medidas adecuadas y efectivas para proteger los derechos de los defensores de los derechos humanos en asuntos ambientales, así como para prevenir, investigar y sancionar ataques, amenazas o intimidaciones en contra de este tipo de activistas.
En lo que va de la LXIV Legislatura, en el Congreso de la Unión se han presentado 182 iniciativas en materia de protección ambiental.
La investigación completa del IBD se puede consultar en la siguiente dirección electrónica: http://bibliodigitalibd.senado.gob.mx/handle/123456789/4558