NÚMERO - 1586

Hace justicia a un sector fundamental para las Fuerzas Armadas en México.

El Senado aprobó por 79 votos en favor, 12 en contra y 18 abstenciones, que el personal militar femenino pueda solicitar una licencia de maternidad, posterior al parto, de hasta dos meses adicionales a lo ya establecido, en caso que los hijos hayan nacido con cualquier tipo de discapacidad o requieran atención médica hospitalaria.

 

El dictamen también establece que a solicitud expresa del personal militar femenino, previa autorización escrita del médico responsable de la paciente y tomando en cuenta la naturaleza del trabajo que desempeñe, se podrá transferir hasta medio mes de licencia previa al parto, para después del mismo.

 

La licencia de maternidad militar constituye una de las manifestaciones más importantes de los tratados internacionales. Por ello, el documento hace justicia a un sector fundamental para las Fuerzas Armadas en México.

 

El presidente de la Comisión de Defensa Nacional, Félix Salgado Macedonio dijo que esta modificación es el resultado de la suma de voluntades y del reconocimiento de la realidad de las mujeres trabajadoras, quienes habían exigido su derecho a decidir en qué momento comenzar a gozar su licencia de maternidad.

 

La protección en el trabajo durante el embarazo y la maternidad, son un mecanismo trascendental para salvaguardar la salud y la seguridad económica de las mujeres y sus hijos, expresó.

 

El senador Eruviel Ávila, presidente de la Comisión de Marina, comentó que esta modificación representa un importante paso para que las mujeres puedan decidir por sí mismas, el mejor momento de hacer efectiva su licencia de maternidad.

 

Es un acto de justicia para las mujeres, especialmente, para aquellas que conforman las Fuerzas Armadas del país, enfatizó el legislador del PRI.