- Por disposición de la SCJN, en un plazo no mayor a 3 años se deberá brindar seguridad social a todas las personas trabajadoras del hogar en el país.
- El régimen de seguridad social para este tipo de trabajo deberá ser obligatorio y contemplar seguros de riesgos de trabajo, de enfermedades, maternidad, invalidez y vida, retiro, cesantía en edad avanzada y vejez.
Derivado de la ejecutoria de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) que declaró la inconstitucionalidad de las disposiciones de la Ley del IMSS que regulan las prestaciones del trabajo en el hogar, el Congreso de la Unión contará con un plazo no mayor a 3 años para garantizar, a través de la ley, el derecho a la seguridad social de todas las personas trabajadoras del hogar en el país, señala una investigación elaborada por la Dirección General de Análisis Legislativo del Instituto Belisario Domínguez del Senado de la República (IBD).
El documento titulado “El trabajo doméstico en México. Pendientes legislativos para su regulación”, explica que la determinación de la Corte del pasado 5 de diciembre, instó al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) a implementar en el año 2019 un “programa piloto” que tenga como fin diseñar y ejecutar un régimen especial de seguridad social para las trabajadoras del hogar y otorgue las facilidades administrativas necesarias que permitan cumplir las obligaciones patronales.
La investigación apunta que desde 2011 la Organización Internacional del Trabajo (OIT) ha considerado que las y los trabajadores domésticos están en situación de vulnerabilidad y, por tanto, demandan la protección del Estado a través del Convenio 189 y la recomendación 201 que todavía no han entrado en vigor en México. A partir de ello, ha existido un proceso de análisis, revisión y discusión sobre la adhesión a estos instrumentos desde los poderes Ejecutivo y Legislativo.
Ahora, con la resolución del máximo tribunal del país, el IBD destaca que, en un plazo no mayor a 18 meses a partir de la implementación del programa piloto del IMSS, se deberán proponer en el Congreso de la Unión las adecuaciones legales necesarias para crear un régimen especial de seguridad social para el trabajo doméstico.
Entre las características que deberá tener este nuevo régimen de seguridad social, detalla el IBD, se encuentran: que sea obligatorio y no voluntario (como actualmente lo es), contemplar seguros de riesgos de trabajo, de enfermedades, maternidad, invalidez y vida, retiro, cesantía en edad avanzada y vejez; tomar en cuenta las particularidades del trabajo doméstico; ser de fácil implementación para los patrones y viable para el IMSS, desde el punto de vista financiero.
En este contexto, el documento del IBD revela que en lo que va de la LXIV Legislatura se han presentado siete iniciativas legislativas para fortalecer los derechos de las y los trabajadores del hogar, incluida la seguridad social. Además, se han presentado cinco proposiciones con punto de acuerdo en las que se exhorta al Ejecutivo Federal para que turne al Congreso de la Unión el Convenio 189 y la Recomendación 201 de la OIT en materia de trabajo doméstico, a efecto de que sea ratificado por el país.
El Instituto señala que, aunado a los desafíos económicos e institucionales que enfrenta la cobertura del trabajo doméstico, existen fuertes barreras culturales que dificultan el ejercicio del derecho a la seguridad social por parte de las y los trabajadores domésticos. En este sentido, sostiene el IBD, la voluntad política para llevar adelante la extensión de la cobertura será un factor determinante.
El estudio completo del IBD se puede consultar en la dirección electrónica: http://bibliodigitalibd.senado.gob.mx/handle/123456789/4298