Número-235

  • Se otorgaría a partir de enero del año 2019 y consistiría en seis pesos diarios adicionales, según iniciativa presentada en el Senado.
  • No podría ser considerado para el cálculo de las cuotas obrero-patronales.

 

Entre 1976 y 1999, el salario mínimo tuvo una pérdida de más del 75 por ciento de su poder adquisitivo, y a partir del año 2000, ha mostrado una recuperación lenta, a razón de poco más del 5 por ciento, señaló el senador Ricardo Ahued, del Grupo Parlamentario de Morena.

Aun así, dijo, México posee uno de los salarios mínimos más bajos en Latinoamérica, y está muy por debajo de países como Argentina, Uruguay, Brasil, Chile, Colombia, y apenas por encima de Venezuela.

En ese sentido, presentó una iniciativa para reformar la Ley del Impuesto al Valor Agregado; la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios; la Ley Federal de Derechos; expedir la Ley del Impuesto sobre la Renta, y abrogar la Ley del Impuesto Empresarial a Tasa Única y la Ley del Impuesto a los Depósitos en Efectivo.

La finalidad es instituir un instrumento de carácter fiscal denominado “subsidio para la nivelación del salario mínimo”, para nivelar el salario de quienes perciban hasta un salario mínimo, y así puedan adquirir la canasta básica alimenticia, comentó.

Dicho subsidio se otorgaría a partir de enero del año 2019, y su mecanismo de pago y control fiscal consistirá en que el retenedor pague un subsidio salarial de seis pesos diarios, adicionales al monto del salario mínimo.

El subsidio salarial podrá ser acreditado por el patrón contra el Impuesto Sobre la Renta que le corresponda en el ejercicio correspondiente.

Para el caso de que el monto del subsidio otorgado supere al Impuesto Sobre la Renta a su cargo, el monto excedente del subsidio podrá acreditarse contra el Impuesto al Valor Agregado del ejercicio a cargo, explicó.

Dijo que así, el impacto económico final del subsidio recaerá sobre el Gobierno Federal, quien absorberá su costo total a través de una disminución en la recaudación de los impuestos referidos.

En la iniciativa se establece que el subsidio para la nivelación del salario mínimo propuesto, no deberá ser considerado para el cálculo de las cuotas obrero-patronales de las prestaciones sociales a que tenga derecho el trabajador, ni para el cálculo de ninguna otra prestación laboral que se cuantifique con base al salario.

La población beneficiada serían casi 9 millones de mexicanos que perciben hasta un salario mínimo, apuntó el senador Ahued. El proyecto fue turnado a la Cámara de Diputados.