Número-1200
- El registro de postulaciones será del 1 al 30 de marzo de cada año.
El Diario Oficial de la Federación (DOF) publicó, este día, las nuevas reglas para la entrega de la Medalla de Honor Belisario Domínguez, máxima distinción que otorga el Estado Mexicano y el Senado de la República a aquellos mexicanos que se han distinguido por su ciencia o su virtud en grado eminente, como servidores de la patria o de la humanidad.
Los nuevos lineamientos señalan que las fechas para el registro de postulaciones serán del 1 al 30 de marzo de cada año, y serán publicadas en la Gaceta del Senado, bajo el principio de máxima publicidad.
El dictamen que emita la Comisión de Postulaciones se someterá a discusión y aprobación del Pleno del Senado de la República a más tardar el 1 de octubre de cada año.
El decreto que reforma los artículos 5° y 6° del Reglamento de la Medalla de Honor Belisario Domínguez, establece que la convocatoria será pública y deberá indicar la dirección electrónica y postal a donde se enviará la información de los candidatos.
Dicha convocatoria estará acompañada por un formato de inscripción diseñado por la Comisión de Postulaciones, y deberá incluir como mínimo el nombre de la persona que se postula y los motivos que lo hagan acreedor al galardón.
Una vez concluido el periodo de registro de candidatos, la Comisión de Postulaciones emitirá el dictamen correspondiente, el cual atenderá el principio de no discriminación e incluir el nombre de todas las personas que fueron postuladas.
Belisario Domínguez fue un senador chiapaneco de estatura moral, cívica y ética porque coadyuvó al derrocamiento de la dictadura por medio del uso de la palabra.
La Comisión de la Medalla Belisario Domínguez del Senado de la República busca difundir la actividad política, cultural, social y científica del prócer chiapaneco, a fin de hacer propio su legado y consolidar un país más democrático, libre y justo.