Número-1001

  • Se protege este derecho fundamental y se garantiza la seguridad jurídica de los medios de comunicación.

El Senado de la República aprobó el dictamen que amplía, de cinco a 15 días hábiles, el plazo que tiene un ciudadano para presentar solicitud de derecho de réplica ante algún medio de comunicación por la difusión de información falsa o inexacta que le agravie.

El proyecto de decreto por el que se reforma el segundo párrafo del artículo 10 de la Ley Reglamentaria del artículo 6º, párrafo primero de la Constitución, en materia de derecho réplica, fue aprobado con 60 votos a favor, 16 en contra y dos abstenciones, y se remitió a la Cámara de Diputados para los efectos del artículo 72 constitucional.

Señala que el plazo se tomará en cuenta a partir del día siguiente de la publicación o transmisión de la información que se desea rectificar o responder.

Se indica que esta reforma responde a la sentencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, que determinó inconstitucional el plazo de cinco días establecidos en el artículo 10 de dicha Ley.

La Corte expuso que la norma no toma en cuenta la existencia de los medios de comunicación que no son de consulta diaria, por lo que se ignora a las personas que no están atentas a todas las publicaciones, lo que hace “ilusorio el derecho de réplica”.

Los senadores precisaron que esta reforma establece un plazo “objetivo” con respecto al tiempo en el cual una persona puede conocer sobre la difusión de información que le perjudica, sin coartar la seguridad jurídica de los medios de comunicación.

Resaltaron que la libertad de expresión es una de las condiciones esenciales de cualquier régimen democrático y destacaron que el derecho de réplica fue elevado a rango constitucional para proteger la dignidad de una persona frente a intervenciones arbitrarias o ilegales en su vida privada, así como ataques a su honra o reputación.

En la discusión del dictamen, el senador sin partido Manuel Cárdenas Fonseca se manifestó en contra de su aprobación y destacó que en el documento de la Corte no hay ninguna consideración de peso para determinar como ilegal la determinación del Poder Legislativo, por lo que presentará una reserva para establecer los criterios y propondrá un plazo sobre el derecho de réplica.

A favor, la senadora Angélica de la Peña Gómez, del PRD, señaló que lo que deriva después de la réplica no está a discusión. Dijo el nuevo plazo está integrado en el concepto de lo que señala la Constitución respecto de que haya una rectificación y condiciones de responder de manera inmediata a una información que puede afectar los derechos de una persona.

La senadora sin partido Martha Tagle Martínez, en contra, señaló que la SCJN no entró al fondo en el tema de las condiciones que permiten a los medios de comunicación negar el derecho de réplica y que no por ello significa que esté bien, ni que el Congreso no haya hecho una Ley Reglamentaria a modo de los medios de comunicación, pues protege los intereses de otros y no el fundamental que es el derecho de réplica.

La senadora Verónica Martínez Espinoza, del PRI, dijo que la reforma tiende a lo señalado por la Corte, otorga seguridad jurídica a los medios de comunicación quienes tienen la libertad de informar y la obligación de hacerlo responsablemente y, otorga herramientas a los mexicanos para actuar cuando la información falsa e irresponsable o deformada.

Su compañero de bancada, el senador Esteban Albarrán Mendoza se pronunció a favor del dictamen y agregó que los interesados podrán preparar su derecho de réplica en un plazo coincidente con el establecido en la Ley de Amparo.

El senador sin partido, Alejandro Encinas Rodríguez, precisó que el problema de fondo es la extralimitación de la Corte para legislar en la materia, al eliminar unilateralmente sin discutir a fondo algunos de los textos de la Ley que fueron controvertidos y sin mandatar al Congreso para que lo corrija, lo que vulnera la división de poderes y las facultades y competencias del Congreso.

---000---