Número-905
- Establece principios y procedimientos para transparentar la contratación de medios de comunicación por parte de los tres niveles de gobierno.
La senadora Martha Tagle propuso expedir la Ley Reglamentaria del Artículo 134 Constitucional en materia de Publicidad Oficial, a fin de garantizar que los contenidos difundidos por parte de las entidades federativas, municipios, alcaldías, sujetos obligados y entes públicos satisfagan las necesidades informativas de la sociedad y se contribuya a transparentar la gestión pública y actividad institucional.
El proyecto establece los principios, bases generales y procedimientos que se aplicarán para cumplir dicho objetivo. Crea el Consejo Nacional de Publicidad Oficial como un organismo público autónomo, encargado de regular y garantizar las disposiciones de la esta Ley.
Plantea que la publicidad oficial se rija por los principios de austeridad, equidad y pluralidad, interés superior de la niñez, interés y utilidad pública, máxima publicidad, no discriminación, perspectiva de género, planeación, rendición de cuentas y transparencia.
Sugiere que únicamente a través de los tiempos oficiales se difunda la publicidad oficial y propone que en la contratación de medios de comunicación se garanticen los principios de equidad y pluralidad.
La legisladora señaló que para la contratación de espacios, los sujetos obligados y ejecutores del gasto atenderán al marco normativo en materia de adquisiciones del sector público, tomando medidas de austeridad para racionalizar el gasto.
En la asignación, ningún medio o productor independiente podrá concentrar más del 30 por ciento del gasto total destinado a publicidad oficial, puntualizó.
La iniciativa se envió a las comisiones de Gobernación; de Radio, Televisión y Cinematografía; y de Estudios Legislativos, Primera, para sus análisis y dictamen correspondiente.
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