Número-306
- Deberá realizarse en un máximo de 30 días naturales a partir de la fecha programada para la realización del evento.
El senador Miguel Romo Medina propuso modificaciones a la Ley Federal de Protección al Consumidor para que cuando exista una cancelación de algún evento, el precio pagado por el consumidor debe reintegrarse en su totalidad.
El legislador del Grupo Parlamentario del PRI sugirió que las empresas que ofrezcan el servicio de distribución, apartado y emisión de boletos de entrada a espectáculos de recreación y entretenimiento, deberán establecer un cargo máximo de su gestión del 15 por ciento en relación con el costo del boleto de entrada.
Este cargo se aplicará a los boletos que sean vendidos de forma física o digital. Dicho concepto se le denominará cargo por servicio de administración, y deberá ser desglosado bajo esta leyenda en el ticket de compra del consumidor.
La iniciativa plantea que la devolución deberá realizarse en un término máximo de 30 días naturales a partir de la fecha programada para la realización del evento. El reembolso se realizará mediante la vía en la que el consumidor haya realizado su compra.
El proyecto de decreto que adiciona el artículo 58 Bis a la Ley Federal de Protección al Consumidor, se turnó a las comisiones unidas de Comercio y Fomento Industrial, y de Estudios Legislativos.
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