Número-247
- Quien cometa este delito podrá ser condenado de cinco a doce años de prisión y hasta mil doscientos días multa.
Después de los sismos que afectaron varios estados de la República, la sociedad mexicana ha demostrado su apoyo incondicional hacia los damnificados, a través de la movilización o la aportación de víveres y materiales utilizados para el rescate de víctimas, comentó la senadora Verónica Martínez Espinoza.
Sin embargo, también hubo abusos ante la crisis y necesidad, señaló la legisladora del Grupo Parlamentario del PRI, al denunciar que algunas personas, a través de la violencia o el engaño, robaron a otros las cosas destinadas para un fin específico: fungir como ayuda humanitaria.
Luego de explicar al Pleno que en la legislación penal no existe un tipo penal que prevea, persiga, procese y condene esa conducta, propuso una iniciativa que adiciona los artículos 368 sexties, 368 septies y el artículo 400, fracción I, del Código Penal Federal, para agregar sanciones por el mal uso de donaciones.
Al que se apodere de bienes destinados para la ayuda humanitaria, sin derecho y sin consentimiento de la persona que puede disponer de ella, se le sancionará con pena de cinco a doce años de prisión, y hasta mil doscientos días multa, establece el proyecto de reforma.
A quien cometa ese delito y forme parte de una asociación, banda o pandilla, se le sancionará, además de la pena que corresponde, con siete a trece años más de prisión, y hasta mil quinientos días multa.
Además, a la persona que no participe en la comisión del delito, pero sepa que se trata de bienes destinados para la ayuda humanitaria, los enajene o trafique, se le sancionará con pena de tres a seis años de prisión, y hasta quinientos días multa.
La iniciativa presentada por la senadora Verónica Martínez, también apoyada por los senadores Roberto Albores y Ana Lilia Herrera Anzaldo; fue turnada para su análisis a las comisiones unidas de Justicia y de Estudios Legislativos.
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