Número-1584

  • Las entidades federativas deberán promover la fácil accesibilidad al Atlas Nacional de Riesgos.

El Pleno del Senado avaló con 88 votos, modificar la Ley General de Protección Civil a efecto de establecer las definiciones de "Instalaciones Vitales” e "Innovaciones Tecnológicas", a efecto de que el Atlas Nacional de Riesgos sea de fácil acceso para todos los ciudadanos y que la Escuela Nacional de Protección Civil acredite una capacitación en la materia.

El documento busca incluir la definición de "Instalaciones Vitales", ya que la Ley no prevé este concepto, y su inclusión ayudaría a identificar instalaciones que, por sus características, en caso de sufrir algún daño, ocasionaría una afectación a la población, sus bienes o entorno.

Las entidades federativas deberán promover, de acuerdo a su competencia, la fácil accesibilidad al Atlas Nacional de Riesgos, siguiendo las bases del Centro Nacional de Prevención de Desastres (Cenapred).

El documento establece que la Escuela Nacional de Protección Civil fijará las competencias y conocimientos necesarios para la acreditación de la capacitación formal de protección civil que ofrezcan o comercialicen personas físicas y morales.

Dicha capacitación será temática o en grado ascendente, de acuerdo a lo establecido por el Sistema Educativo Nacional en materia de acumulación de créditos y el marco cualificaciones.

Se envió al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.