Número-1072

  • Se pretende establecer el principio de igualdad entre el hombre y la mujer ante la ley.
  • La Corte estableció que no existe un orden predeterminado para que un menor lleve el apellido de sus padres.

A fin de establecer que cualquiera de los progenitores ponga su apellido en primer lugar y no forzosamente el del padre, la senadora Lorena Cuéllar Cisneros, del Grupo Parlamentario del PRD, propuso modificar el artículo 58 del Código Civil Federal.

Con ello, señaló, se pretende establecer el principio de igualdad entre el hombre y la mujer ante la ley, pues los padres acordarán cual es el apellido que deberá llevar el recién nacido en primer lugar.

Refirió que en México la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) sentó precedentes en la resolución 1977/2015, al establecer que el menor debe llevar el apellido de ambos padres, sin que exista un orden predeterminado o específico, puede ser el de la madre antes que el del padre.

La senadora mencionó que, de acuerdo al Instituto Nacional de Estadística y Geografía, 67 por ciento de la población femenina del país ha tenido al menos un hijo, lo que significa la violación del derecho de más de 30 millones de mexicanas a elegir libremente.

Es urgente contribuir en la armonización legal para actualizar las necesidades legales en materia de equidad en la sociedad, no debe haber lugar a prácticas discriminatorias, puntualizó.

La iniciativa fue turnada a las Comisiones Unidas de Justicia, y de Estudios Legislativos.