Número-586

  • Establecer la organización y administración homogénea de los archivos en los diversos órdenes de gobierno, el objetivo de la propuesta.
  • Se trata de uno de los tres pilares de la reforma constitucional en materia de transparencia, afirma senadora Laura Angélica Rojas Hernández.

La senadora Laura Angélica Rojas Hernández presentó este jueves un proyecto de decreto para expedir la Ley General de Archivos, a fin de establecer la organización y administración homogénea de los archivos en los diversos órdenes de gobierno.

Este ordenamiento, recordó la legisladora del Grupo Parlamentario del PAN, es uno los tres pilares de la reforma constitucional en materia de transparencia.

A nombre de senadores del PRI y del PRD que también suscribieron la iniciativa, Rojas Hernández destacó que la propuesta tomó en cuenta los puntos de vista del gobierno federal, partidos políticos, expertos, académicos e historiadores.

La propuesta, asentó, deja claro que los archivos históricos no estarán sujetos a las leyes de acceso a la información pública ni de datos personales, “sino que serán de consulta irrestricta”. 

Solamente, agregó, se protegerá la confidencialidad de los datos sensibles y únicamente podrán reservarse los documentos por razones de seguridad nacional o de interés de público, que se encuentren en archivos de trámite o de concentración. 

La iniciativa determina como sujetos obligados a cualquier autoridad, entidad, órgano y organismo de los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, órganos constitucionales autónomos, partidos políticos, fideicomisos, y fondos públicos en los ámbitos federal, local y municipal.

Así como cualquier persona física o moral, incluyendo sindicatos, que reciba o ejerza recursos públicos o realice actos de autoridad.

En el proyecto también se destaca que uno de los objetivos de la ley será contribuir al ejercicio del derecho a la verdad y a la memoria, con lo cual se refuerza el marco legal para la promoción y protección de los derechos humanos.

Establece que cada sujeto obligado es responsable de sus archivos, de la operación del sistema institucional; del cumplimiento de lo dispuesto por la Ley General, las correspondientes leyes de las entidades federativas, así como las determinaciones que emita el Consejo Nacional y el Consejo Local según corresponda.

Además, deberán organizar y administrar de manera homogénea los documentos que generen, obtengan, adquieran, transformen o posean, derivado de sus facultades, competencias, atribuciones o funciones, de acuerdo a los estándares y principios en materia archivística, entre otros puntos.

El ordenamiento contempla un Sistema Institucional de Archivos que se define como el conjunto de registros, procesos, procedimientos, criterios, estructuras, herramientas y funciones que desarrolla cada sujeto obligado, derivado de la actividad archivística, de acuerdo con los procesos de gestión documental.

También determina las bases de organización y funcionamiento del Sistema Nacional de Archivos, como un conjunto orgánico y articulado de estructuras, relaciones funcionales, métodos, normas, instancias, instrumentos, procedimientos y servicios tendientes a cumplir con los fines de la organización y administración homogénea de los archivos de los sujetos obligados.

Además, regula la organización y funcionamiento del Archivo General de la Nación y prevé Sistemas Locales de Archivos, una Coordinación de los Sistemas Nacionales, un Registro Nacional de Archivos y Fondos de Apoyo Económico para los Archivos.

La iniciativa se turnó a las comisiones de Gobernación y de Estudios Legislativos, Primera, para su análisis y dictamen correspondiente.