Número-488

  • La sustracción de cable se tipifica como robo simple; no obstante ahora se sanciona más duramente si como consecuencia de esta, se interrumpen servicios públicos. 
  • El senador Jesús Casillas resaltó que se dota al Ministerio Público de la Federación de mayores elementos para investigar, perseguir y consignar, este tipo de robo.

 

La Cámara de Senadores aprobó por unanimidad un dictamen por el que se reforma el artículo 381 del Código Penal Federal, a fin de endurecer la sanción que se aplica por el robo de cable de cobre, aluminio, acero, níquel o cualquier otro material que sirva como medio para la prestación de un servicio público, y a consecuencia de ello, se produzca la interrupción de éste.

 

Las comisiones unidas de Justicia y de Estudios Legislativos, quienes presentan el dictamen, señalan que la sustracción de cable de cobre se encuentra dentro del tipo penal de robo simple, pero advierten que existe una diferencia sustancial entre la mera sustracción y la sustracción que además genera consecuencias, como la suspensión de la prestación de servicios públicos. 

 

Con la reforma, el Ministerio Público de la Federación tendrá más herramientas para investigar, perseguir y en su caso consignar los casos de apropiación de cable de cobre que interrumpan los servicios públicos y, los jueces podrán resolver los juicios con normas que estén acorde a la realidad material que se les presenta. 

 

A favor del dictamen, el senador Jesús Casillas Romero, del Grupo Parlamentario del PRI, precisó que en los últimos años, la comisión de este tipo de delitos e ilícitos ha presentado un incremento notable, pues cada día hay más robo de líneas de conducción de los servicios públicos como el de la electricidad, teléfono, o cualquier otro que requiere el ciudadano y que el Estado mexicano lo presta. 

 

Refirió la existencia de un mercado clandestino donde el cable de cobre es vendido a valores inferiores; en detrimento de establecimientos, oficinas, casas habitación, y en general, para el Estado mexicano, al tener efectos negativos como la suspensión de la prestación de los servicios públicos.

 

El senador Casillas Romero también aseguró que los cambios son acordes con el principio de proporcionalidad de la pena establecido en el artículo 22 de la Constitución; y dota al Ministerio Público de la Federación de mayores elementos para investigar, perseguir y consignar, los casos de apropiación de cable de cobre, con lo que se responde a un fenómeno que lacera profundamente a la sociedad y que trasciende a diversos ámbitos como delitos aduanales, delincuencia organizada y delitos fiscales.

 

El dictamen avalado con cambios, se remitió a la Cámara de Diputados.