Número-281
- Aunque desde la Constitución de 1857 están previstas las garantías individuales, no han tenido un efecto de aplicación universal en el Sistema Jurídico Mexicano.
- Han sido necesarias diversas reformas, tanto constitucionales como de leyes ordinarias, para que el principio de igualdad sea respetado, señala un estudio.
Las leyes contienen el anhelo de conseguir sociedades con gobiernos que promuevan la igualdad en el sentido más amplio y la protección de los derechos humanos; sin embargo, a pesar de los esfuerzos ese anhelo no se ha logrado.
Así lo establece la investigación del Instituto Belisario Domínguez del Senado de la República (IBD) y advierte: “Las violaciones a los derechos humanos y la brecha de desigualdad que persisten en México no es un tema nuevo”.
Aunque en las constituciones de 1857 y de 1917 están previstos los derechos fundamentales o garantías individuales, “no han tenido un efecto de aplicación universal en las normas que conforman el Sistema Jurídico Mexicano”, señala en el estudio “El principio de igualdad y los derechos humanos en las constituciones mexicanas”.
Pone como ejemplo el principio de igualdad, que “a pesar de estar previsto en los artículos 1 y 4 constitucional, no es de carácter universal pues ha sido necesario que se realicen diversas reformas tanto constitucionales como de leyes ordinarias para que sea respetado”.
La investigación, de la Dirección General de Análisis Legislativo (DGAL) del IBD, expone: “en la construcción del Estado mexicano se dejó de lado la parte más importante: a los mexicanos, pues se privilegió a las instituciones de los tres poderes para construir una estabilidad social y política, pero se abandonó el sueño de los independentistas y de los revolucionarios: la búsqueda de la igualdad, la cual se plasmó en los Sentimientos de la Nación y en el Plan de Ayala”.
Añade: “en la Constitución vigente el principio de igualdad, los derechos humanos y su protección se encuentran dispersos”; además “lo estipulado en el artículo 1 de ese ordenamiento, y que obliga a todas las autoridades a su cumplimiento, no se ha atendido en su totalidad, ni en las leyes secundarias ni en políticas públicas”.
No obstante, el estudio de la DGAL del IBD, publicado en el Cuaderno de Investigación No. 25, considera que en el combate a la desigualdad, las leyes son un factor relevante y un elemento que puede ser utilizado para romper y disminuir la brecha que separa a los habitantes de este país.
Expone que las leyes pueden ayudar a que todos los ciudadanos reciban igualdad de oportunidades e igualdad de trato sin importar lugar de residencia, sexo, origen nacional o étnico, color, religión, lengua, o cualquier otra condición.
Las leyes, agrega, no sólo sirven para construir la igualdad jurídica; “su función se ha trasformado con la inclusión de la protección de los derechos humanos y de la igualdad sustantiva, elementos que fortalecerán el marco jurídico y podrán ayudar a la construcción de una sociedad más igualitaria”.
Subraya que la búsqueda de la igualdad en una sociedad implica reconocer que todos los ciudadanos nacen libres y son sujetos de todos los derechos humanos, “por ello las leyes tienen un papel determinante en la construcción de sociedades igualitarias y protectoras de esos derechos”.
Las leyes deben, agrega, romper esquemas y paradigmas para terminar con tratos diferenciados a individuos de una misma sociedad y enfocarse en establecer legislaciones que eliminen dichos tratos.
Esto implica establecer una igualdad sustantiva como un elemento para disminuir la desigualdad que impera desde el inicio de la vida, en el acceso a la salud, a la educación, a oportunidades laborales y de desarrollo, señalan los investigadores del IBD.
En este sentido, subraya el papel de la técnica legislativa como un instrumento con el cual se pueden construir leyes más justas, menos discriminatorias y más igualitarias. La técnica legislativa se conforma con una serie de pasos y elementos que dan origen, en primer término, a un anteproyecto de ley.
La investigación del IBD consta de una revisión histórica de los conceptos de igualdad, derechos humanos y garantías individuales en las constituciones mexicanas, su importancia en la construcción de México, “con una brecha de desigualdad que no decrece”.
El estudio íntegro puede consultarse en http://www.senado.gob.mx/ibd/c