Número-258

  • Con la modificación, la Condecoración al Mérito Militar se podrá otorgar a militares o civiles, nacionales o extranjeros.             
  • La Condecoración al Mérito Militar de Grado de Orden es para las banderas o estandartes de corporaciones u organismos, nacionales o internacionales.

 

El Pleno del Senado de la República aprobó el dictamen de las comisiones unidas de Defensa Nacional y de Estudios Legislativos por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Ascensos y Recompensas del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos, en materia de condecoraciones.

 

Con la modificación, la Condecoración al Mérito Militar se podrá otorgar a militares o civiles, nacionales o extranjeros,misma que tendrá por objeto: premiar a militares mexicanos, por los actos de relevancia excepcional que realicen en beneficio de las Fuerzas Armadas del país.

 

Así como reconocer a militares extranjeros y a civiles, nacionales o extranjeros, por sus actividades o acciones que contribuyan al desarrollo o representen un beneficio al Ejército y Fuerza Aérea.

 

También se dispone que la condecoración tenga cuatro grados: Orden, que se otorgará a mandos supremos y altos mandoso sus equivalentes; Banda, que se otorgará a militares nacionales; Placa, para militares extranjeros; y Venera, que se otorgará a civiles nacionales o extranjeros.

 

Asimismo, la Condecoración de Servicios Distinguidos se concederá en los supuestos siguientes: a los militares que en el transcurso de su carrera militar, además de perenne entrega y lealtad a la institución, demuestren sobrado celo, esmero y dedicación en el cumplimiento de su deber.

La modificación considera que la Condecoración a la Distinción Militar tiene como objeto corresponder a las atenciones o muestras de cortesía de otras naciones, así como para reconocer los actos o hechos que hagan patente el intercambio de experiencias y conocimientos con la institución militar.

Finalmente, señala que la Condecoración al Mérito Militar de Grado de Orden también podrá otorgarse a las banderas o estandartes de corporaciones u organismos, nacionales o internacionales, por hechos excepcionalmente meritorios en beneficio del Ejército y Fuerza Aérea.

 

El proyecto, aprobado en votación nominal por 79 votos a favor y cero en contra, fue remitido a la Cámara de Diputados.

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