Número-1581

  • Actualmente en el ámbito deportivo no se tienen medidas que brinden a las mujeres las mismas oportunidades de participación y desarrollo.
  • La discriminación en contra de las mujeres persiste también en la conformación de las estructuras de las instituciones deportivas.

 

El Senado de la República aprobó con cambios la minuta enviada por la Cámara de Diputados, por la que se reforma la fracción V del artículo 9 y se adiciona una fracción XII al artículo 17 de la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, en materia de igualdad en el deporte.

 

Con estas reformas, se prevé que la Política Nacional que desarrolle el Ejecutivo Federal considere el fomento al desarrollo, participación y reconocimiento de las mujeres en las diferentes disciplinas deportivas, así como en la vida deportiva.

Además, precisa que la Federación está facultada para proponer iniciativas y políticas de cooperación para el desarrollo de mecanismos de participación igualitaria de mujeres y hombres en el ámbito deportivo.

 

La modificación que se realizó responde a que a la adición al artículo 17 de la Ley, ahora le corresponde el número XIII en vez del XII, reformándose también las actuales fracciones XI y XII de la Ley, en virtud de reformas aprobadas con anterioridad a ésta.

 

En el dictamen, los legisladores subrayan que en el ámbito deportivo no se prevén medidas para dar a las mujeres las mismas oportunidades de participación y desarrollo que a los hombres. Las desventajas persisten debido a que participan en ámbitos deportivos creados por y para los hombres, masculinizando de alguna manera su actividad.

 

Además, explican que la equidad trata de buscar para las mujeres las mismas oportunidades para desarrollarse en todas las facetas del ámbito deportivo, pues en la realidad han encontrado obstáculos y barreras erigidas por los estereotipos culturales.

 

La discriminación en contra de las mujeres en el ámbito deportivo no sólo se da en la práctica de las disciplinas deportivas, sino en la conformación de las estructuras de las instituciones deportivas, añaden los legisladores.

 

Al respecto, exponen que de acuerdo con la encuesta realizada por la Comisión Nacional del Deporte Conade (2004), sólo 2.8 por ciento de las federaciones cuentan con un área de atención a las mujeres, mientras que sólo 10.5 por ciento de las federaciones ofrecen capacitación sobre la perspectiva de género.

 

Este documento también señala que aunque hombres y mujeres están expuestos a sufrir acoso sexual, son las mujeres quienes lo enfrentan en mayor medida. En este sentido, únicamente 13.2 por ciento de las federaciones cuentan con mecanismos para la resolución de denuncias sobre acoso sexual; y en dos terceras partes de las federaciones no existen iniciativas especiales para promover la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres.

 

El dictamen fue avalado con 77 votos a favor, y se devolvió con modificaciones a la Cámara de Diputados para los efectos de la fracción e del artículo 72 constitucional.

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