Número-1523
- La propuesta busca impulsar el crecimiento económico sostenible de los estados del país con mayor rezago económico y social.
- Dichas zonas serán consideradas áreas prioritarias del desarrollo nacional en las cuales el Estado promoverá las condiciones e incentivos necesarios.
Comisiones unidas del Senado de la República aprobaron el dictamen a la minuta que expide la Ley Federal de Zonas Económicas Especiales y la reforma al artículo 9 de la Ley General de Bienes Nacionales, que tiene como objetivo regular la planeación, el establecimiento y la operación de Zonas Económicas Especiales para impulsar el crecimiento económico sostenible, de los estados del país con mayor rezago económico y social.
El dictamen fue aprobado con 11 votos a favor por las comisiones unidas de Hacienda y Crédito Público; de Comercio y Fomento Industrial; de Población y Desarrollo, y de Estudios Legislativos, con opinión de las comisiones de Asuntos Fronterizos Sur, Especial Sur-Sureste y Especial de Productividad.
El dictamen señala que sus propósitos son reducir la pobreza, permitir la provisión de servicios básicos y expandir las oportunidades para una vida saludable y productiva, en las regiones del país que tengan mayores rezagos en el desarrollo social, a través del fomento de la inversión, la productividad, competitividad, el empleo y una mejor distribución del ingreso entre la población.
Dichas zonas serán consideradas áreas prioritarias del desarrollo nacional, y el Estado promoverá las condiciones e incentivos para que, con la participación del sector privado y social, se contribuya al desarrollo económico y social de las regiones en las que se ubiquen, a través de una política industrial sustentable con vertientes sectoriales y regionales.
Las personas físicas o morales que operen en las Zonas Económicas Especiales como Administradores Integrales o Inversionistas podrán recibir beneficios fiscales, aduanales y financieros, así como facilidades administrativas e infraestructura competitiva.
Los beneficios e incentivos que se otorguen deberán fomentar la generación de empleos permanentes, el ascenso industrial, el crecimiento de la productividad del trabajo, e inversiones productivas que impulsen el desarrollo económico de la zona y su área de influencia.
Los permisos para la construcción, desarrollo, administración y mantenimiento de Zonas podrán otorgarse hasta por un plazo de 40 años, prorrogables hasta por otro periodo igual al señalado originalmente.
El gobierno federal, de los estados y municipios, con la participación que corresponda a los sectores privado y social, deberán implementar un Programa de Desarrollo con el objeto de establecer políticas públicas y acciones con un enfoque integral y de largo plazo, así como el establecimiento y la adecuada operación de las Zonas Económicas Especiales, para que promuevan el desarrollo sustentable de sus áreas de influencia.
Cuando de forma reiterada el administrador integral haya incumplido sus obligaciones o no cuente con las capacidades para desempeñar sus funciones, de tal manera que ponga en riesgo la seguridad, eficiencia y continuidad de las operaciones de la Zona, la Secretaría podrá intervenir la operación o administración de la misma en forma provisional.
El Ejecutivo federal enviará un informe al Congreso de la Unión sobre la operación de cada zona y los resultados obtenidos en términos de desarrollo económico y social del área de influencia, a fin de abonar a la transparencia y como una herramienta para dar seguimiento a las políticas e inversiones públicas que se ejecuten.
Posterior a esta reunión, las comisiones unidas de Hacienda y Crédito Público, de Comunicaciones y Transportes y de Estudios Legislativos, Segunda sostuvieron una breve reunión para declararse en sesión permanente.
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