Número-1275

  •  La iniciativa tiene como objetivo el fortalecer diversos aspectos del sector turístico.
  • También para mejorar los servicios del Instituto Nacional de Migración.

 

La senadora Ana Gabriela Guevara Espinosa, del Grupo Parlamentaria del PT, presentó ante el Pleno del Senado una iniciativa por la que propone reformar el artículo 18-A de la Ley Federal de Derechos y el artículo 19 de la Ley de Migración.

 

La legisladora detalló que la iniciativa tiene como objetivo el fortalecer diversos aspectos del sector turístico nacional, y para ello propone destinar los ingresos obtenidos por el derecho de visitantes sin permiso para realizar actividades remuneradas a mejorar los servicios del Instituto Nacional de Migración (INM) y el Consejo de Promoción Turística de México con el fin de promover la actividad turística del país.

 

Asimismo, la senadora Guevara Espinosa señaló que la iniciativa también propone dirigir los recursos a programas de capacitación, modernización tecnológica y otros órganos que dependan del INM y, considerar también los ingresos obtenidos por el visitante sin permiso para realizar actividades remuneradas sin fines turísticos.

 

Detalló que su propuesta se deriva de la crisis migratoria que a nivel mundial se está dando en la que México no es ajeno, toda vez que, dijo, los flujos migratorios se están incrementando de manera considerable año con año y el presupuesto destinado a las instancias dedicadas atender este sector de población, han sido rebasadas.

 

Por lo anterior, abundó desde la tribuna del Senado, es indispensable fortalecerlas y tal es el caso del INM, el cual necesita de capacitación, certificación al personal y sus procesos; redistribución del recurso que se recauda en el INM y la necesidad de eficientar su capacidad administrativa a través de la transformación de ser un órgano desconcentrado a uno descentralizado, pero centralizado a la Secretaría de Gobernación.

 

El objetivo, es modificar y atender una distribución justa, equitativa e igualitaria en la cual ambos entes de gobierno reciban el 50 por ciento de sus derechos, ya que a la fecha se distribuye el 80 por ciento de este derecho de visitante para realizar actividades remuneradas al Consejo de Promoción Turística de la Secretaría de Turismo y sólo el 20 por ciento es destinado al INM.

 

Subrayó que en el momento en que el INM cuente con las herramientas necesarias y suficientes para atender a los visitantes del país, se generará mayor turismo incrementado la recaudación por este derecho, pues señaló que el número de visitantes al país se incrementa año con año, esto por la calidad de los servicios turísticos del país.

 

Los ingresos que se obtengan por la recaudación del derecho establecido en la fracción I, artículo octavo de la presente Ley, referente a los visitantes sin permiso de realizar actividades remuneradas, que ingresen al país con fines turísticos, se destinará un 50 por ciento al INM para mejorar sus servicios y el otro 50 por ciento al Consejo de Promoción Turística.

 

El cual transferiría el 10 por ciento al Fondo Nacional de Fomento al Turismo para estudio, proyectos, y la inversión en infraestructura que este determine con el objeto de iniciar o mejorar los destinos turísticos del país.

 

Indicó que los demás ingresos que se obtengan por la recaudación de estos derechos, establecidos en esta sección, serán destinados a programas de capacitación, modernización, tecnificación y equipamiento para mejorar el control migratorio del INM.

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