Senado de la República

COORDINACIÓN DE COMUNICACIÓN SOCIAL

Número-1217

  • Rectores e investigadores piden certidumbre en cuanto a la entrega de los recursos para las universidades.
  • Los expertos señalaron que se necesitan mecanismos que garanticen la entrega de recursos a las instituciones de educación superior.   

 

Durante el foro “La legislación mexicana de educación superior”, rectores de universidades e investigadores intercambiaron ideas sobre si la legislación vigente garantiza la suficiencia y certeza financiera de las instituciones públicas de educación superior. 

 

Al término de la mesa de debate “La legislación y el financiamiento”, el senador Juan Carlos Romero Hicks, presidente de la Comisión de Educación, refirió que las propuestas que se vertieron en el foro se tomarán en cuenta para elaborar un proyecto de ley que regule e impulse el mejoramiento de la educación superior en el país.

 

Sara Ladrón de Guevara González, rectora de la Universidad Veracruzana, dijo que no existen los mecanismos que garanticen que las universidades puedan cobrar los recursos asignados por parte del gobierno federal, por lo que muchas instituciones se han volcado a las calles para reclamar cuando no se les otorga el presupuesto.

 

Por ello, la ley deberá definir los montos porcentuales de las aportaciones federales y estatales destinados a las universidades públicas estatales, así como los mecanismos que aseguren que los recursos lleguen a estas instituciones.

 

Romualdo López Zárate, rector de la UAM Azcapotzalco, dijo que la educación superior que se imparte en las universidades públicas no es una educación que el Estado imparte, porque la Ley General de Educación, en sus artículos 7 y 10, hace la diferencia entre la educación que imparte el Estado, sus organismos descentralizados y los particulares, por lo que sugirió incorporar un artículo que elimine la ambigüedad interpretativa.

 

Comentó que se requiere una nueva ley acorde con la realidad, que para el caso del financiamiento, otorgue certidumbre jurídica de la aportación federal, estatal y municipal a las instituciones públicas de educación superior; y establezca las obligaciones de las instituciones públicas para regular sueldos y prestaciones a su personal, como las jubilaciones y el retiro, las que representan un problema a escala nacional.

 

Imanol Ordorika Sacristán, investigador del Instituto de Investigaciones Económicas de la UNAM, advirtió que se debe legislar lo legislable, no conceptos “que son más bien declarativos”, como lo que dice la Ley Federal del Trabajo, donde se establece que los trabajadores deben ser productivos y con trabajo de calidad, ahí se están haciendo enunciados que no se pueden evaluar, por lo que no se sabe si la ley se está aplicando.

 

Además la ley debe contener salvaguardas a la laxitud con que el Ejecutivo federal puede intervenir para hacer recortes presupuestales a las instituciones de educación superior; y establecer reglas y procedimientos precisos que permitan llamar a cuentas a los responsables de la no entrega de recursos asignados a las instituciones de educación superior.

 

Javier Mendoza Rojas, investigador del Instituto de Investigaciones sobre la Universidad y la Educación de la UNAM, advirtió que existe carencia de soporte financiero en las instituciones de educación superior para el pago de jubilaciones y pensiones, tema que ya se tuvo que posicionar en la Conago, por lo que sería preferible que se constituyera en una política de Estado, porque no es un problema exclusivo de las universidades.

 

Además, el financiamiento está sujeto a coyunturas políticas y económicas, por lo que hay una gran variabilidad anual en los proyectos de Presupuesto de Egresos de la Federación, destinados a la educación superior, presentados por el Ejecutivo, y esta situación provoca incertidumbre.  

 

Con el debate sobre el financiamiento de las instituciones de educación superior en México, cerró el foro “La legislación mexicana de educación superior”; éste continuará el próximo 9 de marzo, en el Senado de la República.

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