El senador Héctor Yunes presentó una iniciativa de reformas a la Ley Federal del Trabajo para garantizar el derecho de las mujeres a no ser discriminadas por el solo hecho de estar embarazadas o haber tenido un parto o un aborto, y concederles una especie de “fuero maternal”.
Entre las modificaciones, destacó, se encuentra la de otorgar una licencia de paternidad con goce de sueldo por el tiempo restante al término de la licencia otorgada a la madre, en caso de fallecimiento de ésta durante la licencia de maternidad.
Refirió que también las trabajadoras que hayan tenido un parto prematuro, se sumarán con goce de sueldo los días de diferencia entre la fecha de parto y la fecha en que el producto llegue a términos, a las 14 semanas por licencia de maternidad que establece la ley.
Cuando el producto haya nacido con cualquier tipo de discapacidad o requiera atención médica hospitalaria, la licencia podrá ser de hasta 16 semanas posteriores al parto, con goce de sueldo, previa presentación del certificado médico correspondiente.
Señaló que otro aspecto es que la trabajadora que durante el embarazo sufra un aborto espontáneo de forma accidental o inducido bajo las causales no punibles establecidas en el Código Penal Federal, tiene derecho a una licencia de dos a cuatro semanas, remuneradas con el salario íntegro percibido.
Además, ninguna empleada podrá ser despedida en los primeros 12 meses, a partir de la fecha del parto con excepción de las causas de recisión de la relación de trabajo establecidas en el artículo 47 de esta ley.
Tampoco producirá efecto alguno el despido que el patrón comunique a su subordinada, posterior a la fecha del parto, o por incapacidad médica a consecuencia del embarazo o parto, estando obligado a conservarla en el puesto.
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