Número-450
- La senadora del PRI propuso que mujeres y hombres de 60 años o más tengan acceso al mismo trato y oportunidades para el reconocimiento, goce o ejercicio de sus derechos.
- Gran parte de las desigualdades de género son provocadas por las condiciones de desventaja que enfrentan las mujeres, advierte.
La legisladora presentó una iniciativa para incluir en la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores la igualdad sustantiva como todas las acciones que se realicen para que mujeres y hombres de 60 años o más tengan el acceso al mismo trato y oportunidades para el reconocimiento, goce o ejercicio de los derechos humanos y las libertades fundamentales.
Mencionó que la transformación demográfica que se vive en México, donde la población adulta mayor está conformada por 53.42 por ciento de mujeres y 46.58 por ciento de hombres, obliga a incluir en las acciones institucionales una perspectiva de género que contribuya a construir una sociedad en donde este sector goce de igualdad de derechos y oportunidades.
A nombre de senadoras de los partidos Revolucionario Institucional y Verde Ecologista de México, Flores Escalera refirió que casi 29 por ciento de las mujeres adultas mayores no saben leer o escribir, situación que empeora en zonas rurales donde la cifra se eleva a 53.2 por ciento.
Además, 12 por ciento de las mujeres viven solas en hogares unipersonales, lo cual puede significar estar en situación de vulnerabilidad ante cualquier emergencia o necesidad que no puedan satisfacer por ellas mismas.
Dijo que sólo 19.4 por ciento de las mujeres adultas mayores trabaja para el mercado laboral, en comparación del 50.8 por ciento de participación de hombres en el mismo rango de edad.
Ante esto, consideró necesario que el principio de igualdad sustantiva se encuentre establecido en dicha ley, en virtud de que las mujeres adultas mayores, en muchos casos, son sujetas a una discriminación múltiple, tanto por edad como por género.
La propuesta se turnó a las comisiones unidas de Atención a Grupos Vulnerables y de Estudios Legislativos, Segunda, para su análisis y dictamen correspondiente.
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