Número-424
- También propone adecuar el estatuto de Gobierno de la Ciudad de México a los mínimos del Sistema Nacional Anticorrupción.
- Se prevé dotar a la Asamblea Legislativa del Distrito Federal de la facultad para legislar en materia de responsabilidades administrativas de los servidores públicos de la ciudad.
Comentó que el nuevo Sistema Nacional Anticorrupción deberá funcionar en todo el país y en todos los niveles de gobierno, por lo que las entidades federativas deberán llevar a cabo diversas reformas a su legislación local, a efecto de implementar instancias especializadas de control, con la intención de prevenir, detectar y sancionar los actos de corrupción, bajo los mínimos fijados en el artículo 113 de nuestra Constitución.
Sin embargo, resaltó, en cuanto al Distrito Federal, sólo se reformó el inciso C, base primera, fracción V, del artículo 122 constitucional, a efecto de dotar a la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (ALDF) de la facultad para expedir la Ley Orgánica del Tribunal de Justicia Administrativa, pero faltó hacer referencia expresa a la materia de responsabilidad administrativa de los servidores públicos del Distrito Federal.
Precisó que para la primera iniciativa se prevé reformar el artículo 122, apartado C, base primera de la Constitución Política, para dotar a la ALDF de la facultad para legislar en materia de responsabilidades administrativas de los servidores públicos de la ciudad.
La segunda iniciativa pretende reformar los artículos 9, 15, 25, 37, 42, 43, 46, 53 y 67 y adicionar los artículos 9 apartado A y 9 apartado B, al Estatuto de Gobierno del Distrito Federal, con el objetivo de crear el Sistema Anticorrupción del Distrito Federal, que contará con un comité coordinador y uno de participación ciudadana.
Asimismo, prevé la autonomía y nuevas facultades de fiscalización para la Auditoría Superior de la Ciudad de México; crear el nuevo Tribunal de Justicia Administrativa del Distrito Federal con la facultad para conocer los casos de responsabilidad administrativa de los servidores públicos del D.F.
Asimismo, facultar a la ALDF para que pueda legislar en materia de responsabilidades administrativas de los servidores públicos, ratificar el nombramiento del contralor general de la ciudad y nombrar a los titulares de los órganos internos de control de los órganos autónomos locales.
Consideró que las iniciativas responden a la exigencia de miles de capitalinos que están hartos de la corrupción del gobierno de la Ciudad de México y de los gobiernos delegacionales, además, dijo, son una alternativa a reformas vinculadas a la reforma política del Distrito Federal.
Subrayó que un principio general del derecho precisa que todo aquél que cause un daño a otro debe repararlo, aunque dicha obligación de reparar el daño puede tener distinta naturaleza y sujetos a quienes se debe reparar, dependiendo si se trata de una responsabilidad civil o penal.
Sin embargo, expuso, por la naturaleza y alcances que tiene el servicio público, la responsabilidad que tienen quienes se desempeñan en él es de tal envergadura que ha dado lugar a una forma especial de responsabilidad distinta de las tradicionales, la responsabilidad administrativa.
Comentó que los actos u omisiones de los servidores públicos que vayan en demérito de la legalidad, lealtad, honradez, imparcialidad y eficiencia en el desempeño de sus cargos, empleos o comisiones, darán lugar a responsabilidad administrativa.
La iniciativa de reformas al artículo 122 constitucional se turnó a las comisiones unidas de Puntos Constitucionales, del Distrito Federal y de Estudios Legislativos, Primera; por lo que respecta al proyecto de reformas al Estatuto de Gobierno del Distrito Federal se turnó a las comisiones unidas del Distrito Federal y de Estudios Legislativos, Primera.
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