Número-264
- Así se eliminarán dudas sobre el compromiso del gobierno mexicano de ir en contra del olvido y la impunidad.
- El organismo internacional tendría competencia para la búsqueda de personas, a petición de sus familiares y/o representantes.
El Ejecutivo federal debe atender la petición que le hizo el Senado de la República, en abril de 2013, para reconocer al Comité contra la Desaparición Forzada de la Organización de las Naciones Unidas (ONU), planteó la senadora Angélica de la Peña Gómez, del Grupo Parlamentario del PRD, al considerar que de esta forma se eliminarán dudas sobre el compromiso del gobierno mexicano para combatir este delito.
En un punto de acuerdo, que fue turnado a la Comisión de Derechos Humanos, la senadora Angélica de la Peña Gómez plantea reiterar esta petición al Presidente de la República.
Advierte en el documento, publicado en la Gaceta del Senado el jueves 8 de octubre, que de no reconocerse la competencia del Comité “además de atentar en contra del adecuado cumplimiento de las disposiciones y fines de la Convención, pone en duda el verdadero compromiso del gobierno de la República en materia de lucha contra el delito de desaparición forzada y, por ende, en contra del olvido y la impunidad”.
Recordó que el gobierno de la República reconoció que la desaparición constituye una de las más graves y dolorosas afectaciones a la dignidad de la personas, y vulnera derechos fundamentales, por lo que incluso manifestó su convicción de cumplir con las recomendaciones señaladas en el Informe 2011 del Grupo de Trabajo Sobre Desapariciones Forzadas e Involuntarias.
En el contexto nacional, apuntó, “es necesario garantizar que los familiares, representantes y todas las personas con interés legítimo en saber lo que ocurrió, tengan total e inmediato acceso a los mecanismos nacionales, regionales internacionales, encaminados a establecer la verdad sobre las desapariciones”.
Al reconocerse la competencia del Comité de la ONU, precisó la legisladora , este podrá examinar de manera urgente toda petición presentada por los allegados de una persona desaparecida, sus representantes legales, abogados o las personas autorizadas por ellos, así como todo aquel que tenga interés legítimo, a fin de que se busque a una persona desaparecida.
Finalmente, subrayó la pertinencia de reconocer la competencia del Comité Contra la Desaparición Forzada, pues ya reconoce esta facultad a otros comités, como el de Eliminación de la Discriminación Contra la Mujer (CEDAW); Contra la Tortura (CAT) y el de Derechos de las Personas con Discapacidad (CPD).