Número-129
- Víctimas, familiares, organizaciones nacionales e internacionales demandan la existencia de servicios periciales y forenses autónomos y de calidad
- La iniciativa también plantea que el Congreso emita una legislación para la creación de servicios autónomos.
Lo anterior, debido a las múltiples denuncias de organizaciones de derechos humanos y de familiares de víctimas, en el sentido de que no existe una real capacidad de infraestructura, recursos humanos, y formación técnico-científica de los servicios periciales y forenses en el país.
En este sentido, indicó que los aspectos que más se cuestionan en este tema son la incapacidad de los agentes del ministerio público de convocar a un trabajo multidisciplinario, con peritos y personal policial, que permita solicitar con precisión y conocimientos las diligencias forenses, así como la ausencia de mayor capacidad técnica.
Por ello, dijo, las víctimas y familiares de desaparición forzada, las de ejecuciones extrajudiciales u homicidios, de tortura, tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes, así como las organizaciones civiles de derechos humanos nacionales e internacionales, demandan la existencia de servicios periciales y forenses con calidad, recursos, autonomía e independencia, e infraestructura de primer nivel.
Por tal motivo, la iniciativa también plantea que el Congreso de la Unión pueda emitir una legislación para la creación de servicios periciales y forenses autónomos, ya sea un instituto, centro o servicios médicos legales y de ciencias en esta materia.
Existe la necesidad de contar con áreas periciales que intervengan en los procesos e investigaciones que surgen de la situación de extrema violencia que se vive en nuestro país, ya que miles de personas han sido asesinadas o desaparecidas, sus familiares han sufrido esta violencia y no se han desplegado aún las medidas forenses y periciales para atender los reclamos de los familiares, concluyó.
La iniciativa se envió a las comisiones unidas de Puntos Constitucionales, de Justicia y de Estudios Legislativos, Segunda.
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