Número-108

  • Su uso permite mayor efectividad en el manejo de enfermedades, afirma senadora Cristina Díaz.
  • El dictamen se remitió a la Cámara de Diputados para su revisión.

El Senado de la República aprobó reformas al artículo 32 de la Ley General de Salud, a fin de especificar que la atención médica podrá apoyarse de las Guías de Práctica Clínica y medios electrónicos, de acuerdo con las normas oficiales mexicanas emitidas por la Secretaría de Salud.
Al avalar el dictamen, la senadora del PRI, Cristina Díaz Salazar, refirió la importancia de dichas guías que, al tratarse de documentos técnicos desarrollados de forma sistemática por expertos, ofrecen recomendaciones a médicos y a pacientes, para mayor efectividad en las intervenciones y en el manejo de enfermedades.
El dictamen, remitido a la Cámara de Diputados para sus efectos constitucionales, refiere que el Programa Nacional de Salud 2007-2012 estableció la necesidad de desarrollar acciones para lograr una atención médica con calidad técnica y segura para los pacientes.
A partir de ello, se elaboraron las Guías de Práctica Clínica, cuyo objetivo es ofrecer información basada en la mejor evidencia disponible acerca de los principales problemas de salud del país, y así fortalecer la toma de decisiones clínicas y gerenciales, con lo que se contribuye a la mejora de la calidad y seguridad de la atención médica.
En la elaboración de estas Guías intervinieron el Comité Nacional de Guías de Práctica Clínica, instituciones públicas y privadas, academias nacionales, asociaciones de escuelas y facultades de Medicina de diversas universidades, lo que hizo viable armonizar estas herramientas de consulta para el personal, que le permiten tomar decisiones acertadas y disminuir la variabilidad en el diagnóstico y tratamiento.
A partir de la reforma, el artículo 32 de la Ley General de Salud establece: “se entiende por atención médica el conjunto de servicios que se proporcionan al individuo, con el fin de proteger, promover y restaurar su salud, la cual podrá apoyarse de las Guías de Práctica Clínica y medios electrónicos de acuerdo con las normas oficiales mexicanas que al efecto emita la Secretaría de Salud”.

0-0-0