Número-010
- Senadora del PRI presenta iniciativa para considerar como una falta grave el mal uso del Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales.
- Propone una semana cívica nacional para promover su historia, significado e importancia.
En la sesión de este jueves, la legisladora del Partido Revolucionario Institucional planteó la necesidad de instituir, en el mes de septiembre, una semana cívica nacional para promover la historia, significado e importancia del Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales.
A nombre de las senadoras Blanca Alcalá Ruiz, Marcela Guerra Castillo y Ana Lilia Herrera Anzaldo, del PRI, Ortiz González propuso que se considere como una falta grave el mal uso de los Símbolos Patrios con fines de lucro, así como en espectáculos abiertos dirigidos al público en general.
En virtud de la importancia histórica que representan, enfatizó, “resulta intolerable la falta de respeto” y el Estado mexicano tiene la obligación de dictar las medidas para que en todas las instituciones, principalmente las del Sistema Educativo, se profundice en la enseñanza del significado que tienen los Símbolos Patrios.
“Fortalecer el respeto a los Símbolos Patrios a través de actividades educativas, traerá consigo una identidad y conciencia de nacionalidad en todos los alumnos de diferentes niveles escolares, obteniendo resultados a corto y largo plazo”, expresó.
La senadora destacó la importancia de que los mexicanos, principalmente los jóvenes, conozcan los momentos históricos que representan los Símbolos Patrios, a fin de generar un respeto y conciencia de nacionalidad.
En la iniciativa, que se turnó a las comisiones unidades de Gobernación y de Estudios Legislativos Segunda, se plantea que las contravenciones a la Ley Sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales que no constituyan delito pero que impliquen desacato o falta de respeto a los Símbolos Patrios, se castigarán con multa hasta por el equivalente de 500 veces el salario mínimo o con arresto hasta por 36 horas.
Si la infracción se comete con fines de lucro, se agrega, la multa podrá imponerse hasta por el equivalente de mil veces el salario mínimo, y si la infracción se comete con motivo de espectáculos abiertos al público en general, la multa podrá imponerse hasta el equivalente a tres mil veces el salario mínimo.
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