Número. 752
- En México no existe ningún ordenamiento que regule estos delitos; actualmente están bajo la jurisdicción de la Corte Penal Internacional.
- Se penalizaría el exterminio; la esclavitud; la tortura; la persecución de un grupo por motivos políticos, raciales, nacionales, étnicos, culturales o religiosos; entre otros.
El proyecto propone incluir los crímenes de guerra, genocidio y delitos de lesa humanidad, en cualquiera de sus modalidades, al Código Penal Federal; ya que estas conductas, actualmente, sólo están bajo la jurisdicción de la Corte Penal Internacional.
De acuerdo con la propuesta, estos crímenes, tipificados en el Estatuto de Roma, serían imprescriptibles y se incorporarían las disposiciones relacionadas con la responsabilidad de jefes y subordinados en la comisión de crímenes contra la humanidad y sus posibles circunstancias eximentes.
La senadora por el estado de Guanajuato, dijo que las modificaciones al Código Penal Federal son necesarias porque en el derecho mexicano no existe ningún ordenamiento que regule adecuadamente este tipo de delitos.
Comentó que, según algunos expertos, no es necesario tipificar los crímenes de competencia de la Corte Penal Internacional de forma exacta, sino que la materia de prohibición podría estar contenida en otros tipos penales; y otros analizan la posibilidad de evaluar la conveniencia de integrarlos para garantizar los derechos humanos.
Sin embargo, países como Argentina, Uruguay, Sudáfrica, Australia y Kenia han optado por relacionar los tipos criminales establecidos por el Estatuto de Roma en sus leyes nacionales, en el contexto de conductas graves contra el derecho internacional humanitario, explicó la senadora Ortega Martínez.
Los delitos de lesa humanidad que serían incorporados al Código Penal Federal son: asesinato, exterminio, esclavitud, deportación o traslado forzoso de población, encarcelación u otra privación grave de la libertad física en violación de normas fundamentales de derecho internacional, tortura, violación, esclavitud sexual, prostitución forzada, embarazo forzado, esterilización forzada o cualquier otra forma de violencia sexual de gravedad comparable.
Así como persecución de un grupo o colectividad con identidad propia fundada en motivos políticos, raciales, nacionales, étnicos, culturales, religiosos o de género; desaparición forzada; apartheid; y los crímenes de guerra como el homicidio intencional y el saqueo.
El proyecto de reforma, también suscrito por la senadora Gabriela Cuevas Barron, fue turnado a las comisiones unidas de Justicia y Estudios Legislativos del Senado de la República, para su análisis.
0-0-0