Número. 697
- La Cámara de Diputados envió también la Ley de Seguridad Pública del Distrito Federal, que establece como eje central a la persona y sus derechos fundamentales.
- El Senado también dio entrada a una reforma al Código Penal Federal, para sancionar a quien falsifique sellos o documentos de inspección de pesas y medidas.
La Cámara de Senadores turnó a las comisiones unidas de Seguridad Pública y de Estudios Legislativos, Segunda, el proyecto de minuta que establece un número único de emergencia para atender llamadas en situaciones de riesgo, denuncias y reportes que requieran atención instituciones públicas.
Así, se reforma el artículo 130 de dicha ley, para establecer que el Centro Nacional de Prevención del Delito y Participación Ciudadana, promoverá que la Federación, los estados y el Distrito Federal y los municipios establezcan el servicio de comunicación único de emergencia al que se refiere el artículo 111 del ordenamiento.
Además, la Cámara de Diputados remitió la minuta por la que se expide la Ley de Seguridad Pública del Distrito Federal, que tiene el objetivo de regular el ejercicio de esta función, según lo establecido en la Constitución, la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, el Estatuto de Gobierno del Distrito Federal, la Ley Orgánica de la Administración Pública del DF y demás disposiciones aplicables.
El proyecto, turnado a las comisiones del Distrito Federal y de Estudios Legislativos, Primera, señala que el ejercicio de la función de seguridad pública deberá considerar como eje central a la persona y sus derechos fundamentales, así como la rendición de cuentas, la armónica convivencia de las personas y comunidades y la participación social.
En la nueva ley se contempla un Consejo local de Seguridad Pública, que presidirá el Jefe de Gobierno del DF, además, que el presidente de la Comisión de Derechos Humanos del DF será invitado permanente del organismo.
Asimismo, se precisa que se debe elaborar e implementar el Programa de Seguridad Pública para el Distrito Federal, por el Jefe de Gobierno, la Secretaría de Seguridad Pública y la Procuraduría, en el que establecerá los objetivos, metas y acciones a mediano plazo.
Adicionalmente, fue recibido un proyecto de minuta para reformar el Código Penal Federal, a fin de sancionar con cuatro a nueve años de prisión y multa de 400 a dos mil pesos, al que falsifique sellos o documentos de inspección de pesas y medidas.
La minuta establece que también al que falsifique documentos, emblemas o ambos que demuestren el cumplimiento de normas oficiales mexicanas o de cualquier otra especificación técnica que tenga por objeto determinar la calidad y seguridad de algún producto, bien o servicio, antes, durante o después de su venta.
Además, prevé pena de prisión de tres meses a tres años y multa de 20 a mil pesos al que para defraudar a otro, utilice o falsifique un documento que demuestra el cumplimiento de normas oficiales mexicanas que había sido expedido para un producto, proceso o servicio distinto.
El proyecto se turnó a las comisiones unidas del Distrito Federal y de Estudios Legislativos, Primera.
En la sesión de este día, el Senado de la República también dio entrada a la minuta por la que se reforma la Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal, para homologarla con las reformas constitucionales que transformaron el Sistema de Justicia Penal, de uno mixto a uno adversarial o de corte acusatorio y oral, en el 2008, turnado a las comisiones unidas del Distrito Federal y de Estudios Legislativos, Primera.
La colegisladora también remitió una minuta para reformar la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal sobre obligaciones de vehículos de autotransporte nuevos y usados, previo a su autorización para circular por las carreteras del país, que fue turnada a las comisiones unidas de Comunicaciones y Transportes y de Estudios Legislativos, Primera.
Finalmente, envió una minuta por la que se reforma la Ley General de Sociedades Mercantiles, que busca establecer que las sociedades de responsabilidad limitada y la anónima podrán constituirse por un solo socio o accionista, misma que se turnó a las comisiones unidas de Comercio y fomento Industrial y de Estudios Legislativos.
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