Número-631
- Se reemplazan nombres de instituciones u organismos existentes por aquellos que fueron disueltos.
- Determinan actualizar leyes para que las dependencias ejerzan las atribuciones que todavía se le atribuyen a organismos extintos.
Con 88 votos a favor, el Senado de la República aprobó modificaciones a la a Ley del Instituto Nacional de las Mujeres, de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B) del artículo 123 constitucional y de la Ley General de Vida Silvestre, a fin de actualizar la ley y sustituir el nombre del Instituto Nacional Indigenista por el de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas.
Al presentar el dictamen, el presidente de la Comisión de Asuntos Indígenas, senador Eviel Pérez Magaña precisó que las modificaciones en la integración de la junta de gobierno que señalan en la Ley del Instituto Nacional de las Mujeres, se sustituye, además el nombre de la Secretaria de la Reforma Agraria por el de Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano.
Detalló que en la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B) del artículo 123 constitucional, se actualizaron los nombres de las instituciones y organismos descentralizados que ya no existen o fueron reemplazados como el Instituto Nacional de Protección a la Infancia por el DIF.
El senador resaltó que al no actualizar las leyes con las dependencias que están en funciones se incurre en actos de inconstitucionalidad porque hay contradicciones legales.
En cuanto a la Ley General de Vida Silvestre se reformó el ordenamiento para que en su artículo 39 se determine que corresponde a la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas ejercer las atribuciones que todavía se conceden al Instituto Nacional Indigenista.
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