Número. 544
- Las tarjetas departamentales son el producto más utilizado por la población con un 72.2 por ciento, seguido por las tarjetas bancarias con 32.9 por ciento: INEGI.
- La propuesta se turnó a las comisiones unidas de Hacienda y Crédito Público y de Estudios Legislativos, Segunda.
A pesar de contar con un marco normativo rígido, en materia de servicios financieros no se han regularizado los altos intereses que caracterizan a las tarjetas departamentales; por lo que es urgente contar con vínculos de carácter jurídico que obliguen a estas tiendas a mantener y fomentar el equilibrio y desarrollo del sistema financiero en protección de los intereses del público, argumentó el legislador.
En este contexto, el senador Robles Montoya propuso regular el cobro excesivo de las tasas de interés, tomando en consideración los preceptos y lineamientos que dispone el Banco de México y demás leyes aplicables al tema.
Para ello, planteó establecer que al tratarse de documentos emitidos por instituciones comerciales y departamentales, estos tendrán el carácter de título de crédito y atenderán las disposiciones aplicables a dicha figura.
Además, deberán prever que las condiciones convenidas entre la institución y el acreditado no afecten los intereses de éste, y estipular que las instituciones referidas deberán aplicar sus tasas de interés, prestaciones, gastos y comisiones, en apego a lo establecido por el Banco de México y la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) y demás leyes aplicables.
El senador perredista destacó que, de acuerdo con la Encuesta Nacional de Inclusión Financiera 2012, realizada por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía, con la colaboración y asesoría técnica de la CNBV, se determinó que las tarjetas departamentales son el producto más utilizado por la población con un 72.2 por ciento, seguido por las tarjetas bancarias con 32.9 por ciento.
Por lo tanto, es necesario tomar en cuenta que a partir del incremento de estas tarjetas y de los casi inexistentes mecanismos de transparencia y de rendición de cuentas por parte de las tiendas departamentales, sus tasas de interés apliquen entre el 50 o 70 por ciento del Costo Anual Total; contraprestación que sobrepasa los estándares contemplados por las instituciones bancarias.
Dentro de este contexto, dijo, la protección de los intereses del público y el sano desarrollo financiero son derechos plenamente exigibles por parte de los consumidores, y que a su vez conllevan obligaciones específicas para las instituciones comerciales, entre ellos la protección de los usuarios de servicios financieros.
La propuesta se turnó a las comisiones unidas de Hacienda y Crédito Público y de Estudios Legislativos, Segunda.
0-0-0