Número. 345
- Se plantea que la tasa de esos derechos en ningún caso podrá ser superior al 7 por ciento del importe del consumo particular de cada usuario.
- El actual criterio del Poder Judicial de la Federación está afectando las haciendas públicas de todos los municipios.
En este sentido, plantea que la tasa de esos derechos en ningún caso podrá ser superior al 7 por ciento del importe del consumo particular de cada usuario.
El legislador del Partido Revolucionario Institucional dijo que la iniciativa es una apremiante necesidad, debido a que la Suprema Corte de Justicia de la Nación ya declaró inconstitucional la percepción a título del derecho por concepto de alumbrado público, que es cobrado a través de convenios que tienen los municipios con la Comisión Federal de Electricidad.
El actual criterio del Poder Judicial de la Federación afecta las haciendas públicas de todos los municipios, y esta situación se convierte en una problemática financiera insostenible en todo el país, expresó.
Aseguró que la reforma constitucional resolvería de manera definitiva la problemática, ya que daría respaldo en la propia Carta Magna al esquema.
Se garantiza certeza en la percepción de esos recursos municipales, facilita el pago de los derechos de alumbrado público al simplificarlo con el pago de la energía eléctrica a la Comisión Federal de Electricidad, mantiene el esquema actual de administración de la contribución y legitima las contribuciones que siguen siendo motivo de impugnaciones en toda la República Mexicana, puntualizó.
El documento se envió a la Cámara de Diputados.
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