Número-185
- El Presidente de la República, gobernadores e integrantes del Congreso de la Unión o Congresos locales tendrán inmunidad absoluta sólo por sus opiniones.
- Cualquier ciudadano podrá, con pruebas fehacientes, solicitar al Congreso de la Unión que retire el fuero a cualquier funcionario público.
En las últimas décadas, el fuero constitucional se ha convertido en un mecanismo de impunidad, inoperante y hasta obsoleto, debido a que muchos funcionarios públicos cometen delitos con la seguridad de que los pueden investigar pero no procesar, debido a la inmunidad que este les concede, señaló el senador David Monreal Ávila, presidente de la Comisión de Jurisdiccional del Senado.
Detalló que más de tres cuartos de los ciudadanos tienen una opinión negativa del uso que le dan al fuero los funcionarios de alto nivel, por casos donde han sido señalados por presuntos delitos y han evadido la acción judicial.
Comentó dos casos de este tipo: el de Julio César Godoy quien rindió protesta como diputado federal para protegerse porque era acusado de nexos con el narcotráfico; y el del entonces presidente del Congreso de Baja California, Víctor González Ortega, detenido en Mexicali en febrero de 2010, por presunta posesión de cocaína y un arma de fuego, pero liberado debido al fuero.
Con este argumento, Monreal Ávila presentó una iniciativa de reforma a los artículos constitucionales 61, 108, 109, 110, 111, 112 y 114, con el objetivo de limitar el fuero; e insistió en que actualmente es utilizado para perpetrar un régimen de privilegios para la alta burocracia, la cual resulta confuso, señaló.
Se plantea que los diputados federales y locales, los senadores, el jefe de gobierno del Distrito Federal, los gobernadores y el Presidente de la República gocen de fuero constitucional, pero sólo tendrán inmunidad absoluta por las opiniones que manifiesten durante el tiempo en que desempeñen su cargo.
No obstante, si alguno de estos funcionarios comete violaciones a la Constitución o delitos federales considerados graves, se requerirá la declaración del retiro del fuero por parte de la Cámara de Diputados o el Senado de la República; la decisión se tomaría por mayoría absoluta y no mayoría calificada, para evitar que algún grupo parlamentario quiera salvaguardar la imagen del funcionario de su partido político, explicó el senador David Monreal.
En el caso particular del Presidente de la República, la Cámara de Diputados procederá a la acusación respectiva ante el Senado de la República, previa declaración de la mayoría absoluta del número de los miembros presentes en sesión de aquella Cámara, e incluiría una audiencia del inculpado. El Senado será considerado Jurado de sentencia, y declarará por mayoría de dos terceras partes si se retira el fuero; de ser así también se destituirá al titular del Ejecutivo del cargo.
La iniciativa propone que cualquier ciudadano, mediante la presentación de elementos de fehacientes de prueba, formule una denuncia ante cualquiera de las cámaras del Congreso de la Unión.
Finalmente, se propone que no se requiera el retiro del fuero cuando el funcionario público sea detenido en flagrancia, o sea sometido a proceso penal durante el tiempo en que se encuentre separado de su cargo o en que haya solicitado licencia, ni en demandas del orden civil que se entablen en su contra.
El proyecto de reforma, presentado por el senador David Monreal el pasado 17 de febrero, fue turnado a las comisiones unidas de Puntos Constitucionales, de Gobernación y de Estudios Legislativos, Primera, para su análisis y dictaminación.
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