Número-742

  • El proyecto establece que no podrá utilizarse el empleo de mayores de 15 años y menores de 18 que no hayan terminado su educación básica obligatoria.
  • La minuta se analizará en las comisiones de Trabajo y Previsión Social, y de Estudios Legislativos, Primera.

En la sesión de este jueves, el Senado de la República recibió y turnó a comisiones la minuta que le envió la Cámara de Diputados para reformar diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo y prohibir el trabajo de menores de 15 años.
La colegisladora sugiere prohibir el trabajo de menores de 15 años y que no pueda utilizarse el empleo de mayores de esta edad y menores de 18 años que no hayan terminado su educación básica obligatoria, salvo los casos que apruebe la autoridad laboral correspondiente en que, a su juicio, haya compatibilidad entre los estudios y el trabajo.
Plantea que cuando las autoridades detecten trabajando a un menor de 15 años fuera del círculo familiar, ordenará que de inmediato cese en sus labores. Al patrón que incurra en esta conducta se le sancionara con la pena establecida en el artículo 995 Bis de esta Ley.
También sugiere prohibir el trabajo de menores de 18 años dentro del círculo familiar en cualquier tipo de actividad que resulte peligrosa para su salud, su seguridad o su moralidad, o que afecte el ejercicio de sus derechos y, con ello, su desarrollo integral.
Cuando los menores de 18 años realicen alguna actividad productiva de autoconsumo, bajo la dirección de integrantes de su círculo familiar o tutores, agrega, éstos tendrán la obligación de respetar y proteger sus derechos humanos y brindarles el apoyo y las facilidades necesarias para que concluyan, por lo menos, su educación básica obligatoria.
En el artículo 22 de la propuesta se establece que los mayores de 15 años pueden prestar libremente sus servicios con las limitaciones establecidas en esta Ley.
Precisa que los mayores de 15 quince y menores de 16 necesitan autorización de sus padres o tutores y a falta de ellos, del sindicato al que pertenezcan, de la Junta de Conciliación y Arbitraje, del Inspector del Trabajo o de la Autoridad Política.
Además, la minuta propone prohibir la utilización del trabajo de los menores de 18 años en labores peligrosas o insalubres que, por la naturaleza del trabajo, por las condiciones físicas, químicas o biológicas del medio en que se presta, o por la composición de la materia prima que se utiliza, son capaces de actuar sobre la vida, el desarrollo y la salud física y mental de los menores.
La minuta se envió a las comisiones unidas de Trabajo y Previsión Social, y de Estudios Legislativos, Primera, para su análisis y dictamen correspondiente.

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