Número-624
- La SCT debe estar facultada para reducir peaje
- Sí el servicio es al 100, 80, 60 o 50 por ciento, el pago debe ser en esa misma condición
Con este propósito, el legislador presentó una iniciativa con proyecto de decreto por el cual se adiciona un párrafo al artículo 12 de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal; en ella señala que la dependencia federal tiene la facultad de fijar costos de las cuotas de peaje y propone que también tenga la facultad de reducirlos.
Explicó que si un servicio se brinda al 100 por ciento, debe pagarse a ese porcentaje, pero si éste se entrega al 80, 60 o 50 por ciento, el pago debe ser en esas mismas condiciones.
Reconoció que las reparaciones y mantenimiento de carreteras o puentes son acciones necesarias para la adecuada prestación del servicio, lo cual no está en duda ni sujeto a objeción, Sólo se advierte, precisó, que durante la reparación, existe disminución en el servicio que debería darse, máxime que los inconvenientes generados no ocurren en plazos breves o inmediatos, sino que persisten durante semanas y hasta meses.
Destacó que esta acción es en beneficio de los conductores de los aproximadamente 12 millones de vehículos que utilizan el sistema carretero del país, con un promedio de más de 430 millones de cruces en casetas de cobro al año.
Destacó que Caminos y Puentes Federales (Capufe), tiene como objetivos básicos mejorar la infraestructura vial para incrementar la competitividad, seguir promoviendo el crecimiento económico y mejorar la calidad de vida de los habitantes que se benefician con los servicios carreteros.
Precisó que, como objetivo particular, quienes utilizan estas carreteras y con su pago de peaje aportan para el mantenimiento e inversión en infraestructura, deben tener como contraprestación directa beneficios como ahorros en tiempos de recorrido, consumo de combustibles y desgaste de vehículos, además de servicios que se manifiestan en comodidad, eficiencia y seguridad en sus traslados.
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