El senador Santiago Creel Miranda propuso reformar el Artículo 24 de la Constitución para “incluir de manera plena” el principio de libertad religiosa y fortalecer el sentido laico del Estado mexicano.
Argumentó que la reforma en materia de derechos humanos, aprobada el pasado 17 de marzo, reconoce los derechos para profesar creencias religiosas y realizar actos de culto.
De acuerdo con estos cambios constitucionales, subrayó, “incluso el derecho de la libertad de creencias nunca podrá ser suspendido por el Estado, bajo ninguna circunstancia”.
Con ello, dijo, se reconoce que existen derechos anteriores al Estado, que son los derechos humanos de las personas que éste no puede otorgar, pero sí reconocer, proteger y garantizar.
“Siendo la libertad religiosa la esencia y fundamento de los derechos de libertad de creencias y de cultos y la Constitución fundamento del orden jurídico nacional, en consecuencia lógica, este derecho debería estar contenido directamente en la Carta Magna para armonizarla con los tratados internacionales”, expresó.
La propuesta plantea que toda persona tenga derecho a la libertad de conciencia y de religión, que incluye la libertad de tener o adoptar la religión o las creencias de su elección, así como de manifestarlas, individual o colectivamente, tanto en público como en privado, mediante el culto, la celebración de ritos, las prácticas de difusión y la enseñanza.
Con esta medida, enfatizó Creel Miranda, se protege la libertad de conciencia, de difusión de credos, el derecho a la formación y asociación religiosa de los miembros de una Iglesia, a la educación religiosa, “que consiste en la facultad y en la libertad de los padres para educar a los hijos conforme a sus convicciones religiosas”.
El legislador de Acción Nacional dejó en claro que “dado que la Constitución manifiesta la voluntad política del pueblo mexicano, también se hace necesario que el derecho a la libertad religiosa esté contenido en la norma fundante, puesto que fortalece el sentido laico del Estado”.
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