El Senado de la República aprobó una minuta que reforma la Ley de Aguas Nacionales, a efecto de que se declare de interés público la sustentabilidad ambiental y la prevención de la sobreexplotación de los acuíferos.
Además, con estos cambios se limita la potestad de que las aguas del subsuelo sean libremente alumbradas, en los supuestos en que por causas de interés o utilidad pública, el titular del Ejecutivo federal establezca zona reglamentada de veda o de reserva, o bien, suspenda o limite el libre alumbramiento.
De igual forma, se determina que para el establecimiento de zonas reglamentadas de veda o de reserva el Ejecutivo publicará la declaratoria respectiva cuando se comprueben condiciones de sobreexplotación.
Los senadores señalaron que es de interés público la sustentabilidad ambiental y la prevención de la sobreexplotación de los acuíferos, por lo que es necesario que el gobierno federal pueda reglamentar su extracción y utilización, así como establecer zonas vedadas al igual que para las demás aguas de propiedad nacional.
Lo anterior --indicaron-- permite a la autoridad federal en la materia, establecer las limitaciones necesarias para lograr un uso sustentable de aguas del subsuelo, y con ello prevenir la sobreexplotación de tan valioso recurso.
La minuta que reforma la Ley Nacional de Aguas, se envió al Ejecutivo federal para sus efectos constitucionales.
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