Con 88 votos favor, el Senado de la República aprobó la minuta que reforma la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, para precisar que los sujetos a que se refieren las fracciones I a VI, en materia de planeación, son aquellos que establece el artículo 1 del mismo ordenamiento.

La minuta corrige un error en el texto vigente del artículo 18 de la Ley, modificado en el año de 2009 y publicado el 28 de mayo de ese mismo año, pues contiene una omisión de referencia al señalar cuatro fracciones sin precisar el artículo al que se refieren.

De esta manera, en la planeación de las adquisiciones, arrendamientos y servicios los sujetos obligados deberán apegarse a los objetivos y prioridades del Plan Nacional de Desarrollo y de los programas sectoriales, institucionales, regionales y especiales que correspondan.

Además, tienen que estar de acuerdo con los objetivos, metas y previsiones de recursos establecidos en el Presupuesto de Egresos de la Federación, o en su caso, al presupuesto destinado a las contrataciones que los fideicomisos públicos no considerados entidades paraestatales prevean para el ejercicio correspondiente.

El dictamen se envió al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

 

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