Comunicado-1521
  • Adecuar legislación para garantizar protección de derechos humanos de grupos vulnerables.
  • Los efectos del cambio climático perjudican a poblaciones vulnerables que poco aportan a este.

La relación entre Derechos Humanos y el cambio climático fue analizada por el Comité de Derechos Humanos de la ONU, el Banco Mundial y la Organización de los Estados Americanos (OEA), y como resultado destacaron la importancia de incluir en las políticas de cambio climático la perspectiva de Derechos Humanos, de manera que no se aparte una de la otra sino se complementen.

Tomando en cuenta que México es uno de los principales promotores mundiales de la protección y respeto de ambas temáticas, su legislación debe mostrar congruencia con lo declarado ante los organismos internacionales, por lo que la senadora Cristina Díaz Salazar propuso modificaciones a la Ley General de Cambio Climático, en una iniciativa presentada ante la Comisión Permanente.

La aprobación de dichas reformas permitirá que en la formulación de la política nacional respectiva, se observe el principio de promoción, respeto, garantía y protección de los derechos humanos, consagrados en la Constitución y en los Tratados Internacionales signados por el Estado mexicano, enfocados en la protección a grupos en situación especial de vulnerabilidad.

Además, se busca que los programas de las entidades federativas se elaboren al inicio de cada administración e incluyan la protección a los derechos humanos.

En su exposición de motivos, la legisladora del PRI expuso que en 2013, se llevó a cabo la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático en Varsovia, Polonia, México señaló la necesidad de establecer un pronto acuerdo para reducir emisiones de gases invernadero y no hasta 2020, como está previsto.

Al respecto, subrayó que México ha llevado a cabo distintas actividades a fin de cumplir a sus compromisos ante la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático. Entre estas se encuentran la elaboración de documentos de planeación a nivel nacional y estatal, y la elaboración de las comunicaciones nacionales de México con sus respectivos inventarios de emisiones.

Refirió que la Ley General de Cambio Climático, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 6 de junio de 2012, obliga al Gobierno Federal y a las Entidades Federativas a enfrentar los efectos adversos del cambio climático.

Resaltó que se separó el tema de medio ambiente de los de Derechos Humanos, aun cuando el primero de ellos es un prerrequisito para el ejercicio de los mismos, y apuntó que las obligaciones de los derechos humanos pueden ser pertinentes para las respuestas al cambio climático y promover la resistencia al mismo.

Llamó la atención sobre los efectos del calentamiento global en la vida de millones de personas alrededor del mundo, y en particular, a las poblaciones en especial situación de vulnerabilidad, ya que provoca elevación del nivel de los océanos, incremento de la intensidad de las ondas de calor, inundaciones más frecuentes, ciclones tropicales, tifones y huracanes más intensos, así como menor disponibilidad de agua potable.

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