COMUNICADO-1395
• Estarán supeditados a la decisión de las secretarías de Hacienda y de Energía
Detalló que la Comisión Nacional de Hidrocarburos y la Comisión Reguladora de Energía, son organismos a los cuales no se les dota de fuerza, autonomía de decisión, ni presupuestal, porque sólo serán una instancia más de la administración pública centralizada, supeditados a la decisión de las Secretarías de Hacienda y Crédito Público, y de Energía.
Al referirse a la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos, comentó que esta es débil dependiente de la administración pública centralizada, cuyo director ejecutivo será nombrado y removido libremente por el titular del ejecutivo federal, y el primer director podrá ser un accionista, apoderado, consejero o directivo de alguna empresa del sector hidrocarburos.
Aun cuando México enfrenta una emergencia ambiental derivado del uso de energía, en la reforma se privilegia la explotación de recursos fósiles que aportan más del 60 por ciento del total de las emisiones contaminantes al medio ambiente, y abre las puertas al uso de fuentes como gas shale, hidrocarburos no convencionales y explotación de aguas profundas que impactan en la salud y medio ambiente, señaló el senador.
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