COMUNICADO-1262
• Los salarios mínimos deben buscar la recuperación real y progresiva del poder adquisitivo.
• Se faculta a la Cámara de Diputados para fijar anualmente los salarios mínimos nacionales.
La senadora Alejandra Barrales Magdaleno, del grupo parlamentario del PRD, planteó cambios a la Constitución Política y a la Ley Federal del Trabajo, para que la actualización de los salarios mínimos busque la recuperación real y progresiva del poder adquisitivo, atendiendo a las fluctuaciones de los precios y al costo de la vida.
La iniciativa, presentada por el senador Armando Ríos Piter, a nombre de la senadora perredista, establece que el Plan Nacional de Desarrollo deberá contemplar como objetivo prioritario la búsqueda del beneficio permanente y constante de la población que asegure el poder adquisitivo del salario mínimo.
Con ello, se logrará consolidar el diseño de políticas públicas encaminadas a lograr, entre otros objetivos, la dignificación del trabajo a partir de la recuperación del poder económico salarial.
Al fortalecer el salario en términos de su poder adquisitivo, se elevará la retribución al trabajo y el nivel de vida de los trabajadores, por lo tanto, habrá una valoración positiva en torno al mismo mercado laboral y oportunidades en otros ámbitos, como el informal, añadió el legislador por Guerrero.
La propuesta prevé la modificación a diversas disposiciones regulatorias y de procedimiento para la determinación del salario mínimo, y con ello, se propone facultar a la Cámara de Diputados para fijar anualmente los salarios mínimos nacionales.
Plantea que a más tardar el 15 de diciembre de cada año, se apruebe el monto líquido de la Unidad de Valor Impositivo (UVI), mismo que servirá para estandarizar la base para calcular y determinar el monto de impuestos, contribuciones, multas y demás sanciones monetarias.
Asimismo, se pretende atribuir a la Cámara de Senadores la elección de los integrantes de la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos (Conasami), misma que contará con autonomía y patrimonio propio y estará compuesta por siete comisionados.
Se modifica su naturaleza jurídica para otorgarle autonomía respecto de su organización y toma de decisiones, con lo que se prevé beneficiar el ejercicio de sus facultades, y se desincorpora de la injerencia directa del Ejecutivo Federal, que ha motivado críticas y ha sido obstáculo para que la determinación de los salarios responda con eficacia a los incrementos en los precios y el costo de la vida.
El senador Ríos Piter también detalló que conforme a los agregados y modificaciones que se proponen, el Congreso, o cualquiera de sus dos Cámaras, podrían solicitar la revisión del salario mínimo en cualquier momento, siempre que haya motivación suficiente en su petición.
Al mismo tiempo, especificó, permanece la facultad de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, así como de los sindicatos, federaciones y confederaciones para solicitar la revisión; y se agrega la posibilidad de que dichas organizaciones de trabajadores puedan plantear su solicitud directamente ante el Congreso de la Unión o cualquiera de sus Cámaras.
La iniciativa se turnó a las comisiones unidas de Puntos Constitucionales y de Estudios Legislativos, Segunda.
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