COMUNICADO-719

•  Se plantea facilitar el pago de deudas de las familias que enfrentan graves problemas económicos

•  Insuficiencia de ingresos ha provocado aumento de la cartera vencida a 43 por ciento

El Senado de la República recibió la iniciativa para crear la ley de insolvencia familiar, cuyo objetivo es respaldar a los usuarios de servicios financieros imposibilitados a cubrir sus créditos por causas graves, como desempleo o gastos médicos catastróficos, entre otros.

Lo anterior a propuesta de los senadores del PRI, Angélica del Rosario Araujo Lara, María del Rocío Pineda Gochi, Mely Romero Celis, Margarita Flores Sánchez, Ivonne Liliana Álvarez García, Lisbeth Hernández Lecona, Jesús Casillas Romero, Raúl Aarón Pozos Lanz, Ricardo Barroso Agramont y Roberto Armando Albores Gleason.

Al fundamentar la propuesta ante el Pleno, la senadora Araujo Lara expuso que la insuficiencia del ingreso de las familias se refleja en el incremento de la cartera vencida en 43 por ciento, en el transcurso de un año.

La Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef) reporta que, en doce meses, el saldo vencido de los créditos personales que otorga la banca comercial aumentó a 2 mil 777 millones de pesos.

La Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) indica que, a noviembre de 2013, el saldo con más de tres meses de atraso en estos préstamos asciende a nueve mil 240 millones de pesos, y en el mismo mes de 2012 era de seis mil 463 millones.

La intención de esta ley, explicó la senadora Araujo Lara, es facilitar que los deudores puedan realizar acuerdos de pago con las instituciones financieras, al comprobarse la insolvencia financiera.

Entre las causales de insolvencia se consideran: pérdida de empleo por despido injustificado; incapacidad temporal o permanente; enfermedad grave o crónica que implique gastos médicos catastróficos; y fallecimiento de uno de los cónyuges o concubino, cuando se trate de dependiente económico.

La Condusef será responsable del control y vigilancia del procedimiento de conciliación y establecerá los requisitos para solicitarlo, señala la propuesta.

La solicitud de insolvencia no procederá en caso de encontrarse en curso algún procedimiento judicial.
Una vez realizada la evaluación de una solicitud, la Condusef emitirá un dictamen técnico junto con un plan de saneamiento de la deuda, que incluya forma y tiempos de pago de la deuda, con la posibilidad de que se atienda la propuesta de la entidad financiera para condonar el total o parte de los intereses del adeudo.

En caso de que el usuario incumpla el convenio, la Condusef cancelará el reconocimiento de insolvencia y no podrá realizar una nueva solicitud.

Si la institución financiera incumple el convenio, se hará acreedora a sanción pecuniaria conforme a la gravedad del incumplimiento, e incluso se podría declarar la cancelación del adeudo.

La iniciativa fue turnada para su análisis y dictaminación a las comisiones de Hacienda y Estudios Legislativos Segunda.

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